viernes, 28 de diciembre de 2012

Record histórico de la producción de oro en Guyana (se presume sea en territorio deLa Guayana Esequiba)

miércoles, 26 de diciembre de 2012


Extraido de :
http://www.guyanachronicleonline.com/site/index.php?option=com_content&view=article&id=53533:guyana-maintains-low-deforestation-with-historical-gold-production&catid=4:top-story&Itemid=8

Deforestaciones en la Guayana Esequiba o Zona en Reclamación foto tomada de:



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Guyana mantiene baja deforestación con la producción de oro histórico

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Lunes, 24 de diciembre 2012 21:10


En el 2012, Guyana ha registrado niveles históricos de producción de oro por los productores de pequeña y mediana escala, superando a 416.000 oz, como resultado de un mayor interés en el sector de la minería de oro como el alto precio internacional del oro se mantiene relativamente stable.According al Ministro de Recursos Naturales y Medio Medio Ambiente, Sr. Robert Persaud, con este nivel de producción de oro, Guyana ha seguido manteniendo una baja tasa de deforestación a través de los esfuerzos de la Comisión Forestal de Guyana (GFC), en colaboración con la Comisión de Geología y Minas de Guyana (GGMC) en el seguimiento de los bosques y la promoción de mejores prácticas de minería por los mineros, incluyendo remodelación de áreas previamente minadas a cabo.

Ministro Persaud señaló que la minería en todos los niveles, ya sea para la bauxita, arena, arcilla, piedra, oro o diamante, implica la alteración de la flora (incluyendo el bosque) y la fauna de la zona minera y se deben hacer esfuerzos para reducir al mínimo la degradación ambiental y maximizar los impactos y salud en el trabajo y normas de seguridad.

Reconociendo este hecho, el ministro afirmó que el GGMC, como organismo regulador de la industria minera, hace cumplir la Ley de Minas y su Reglamento y alienta a los operadores de minas para practicar la recuperación de las minas, que generalmente incluye la revegetación. Recuperación de sitios por minados definitivamente contribuirá a la sostenibilidad global del sector minero.

Además, GGMC han empleado un experto en recuperación de mina para coordinar todas las actividades de investigación y evaluación de los proyectos que se hicieron en el pasado. La elaboración de un manual especial para la rehabilitación mina se desarrollará en el año 2013 y las visitas a los sitios se iniciará.
Oro, como en cualquier operación minera, requieren la alteración de la flora y la fauna. Sin embargo, la actual tasa anual de deforestación de Guyana es 0,0545% de la superficie boscosa que es aceptable en comparación con los otros años, cuando la producción fue menor, explicó.

Ministro Persaud observó que el objetivo de la producción de oro se obtuvo a partir de la contribución de los mineros de pequeña y mediana escala. Señaló que el nivel de oro 2012 la producción se acerca al récord de producción de oro de 456.000 onzas en el 2001, cuando el Gran Escala Omai Gold mina estaba en el apogeo de su producción (354.000 oz). Por segundo año consecutivo, el oro producido por Small y los operadores de mediana escala supera el máximo de producción anual de 354.000 onzas por Omai Gold Mines Ltd.
El ministro prevé que el sector seguirá viendo una tendencia al alza como varias grandes empresas están en sus actividades de exploración avanzadas para definir los depósitos de oro económicamente viables con la intención de desarrollar una mina durante 2013/2014.

El Ministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente y la Geología de Guyana Comisión Minera y seguirá trabajando en estrecha colaboración con el Oro y Diamantes de Guyana Asociación de Mineros y otras partes interesadas para aumentar la producción de oro mediante la promoción de una mejor tecnología, mientras que la eliminación del uso de mercurio en la recuperación de oro.


Guyana maintains low deforestation with historical gold production
http://www.guyanachronicleonline.com/site/index.php?option=com_content&view=article&id=53533:guyana-maintains-low-deforestation-with-historical-gold-production&catid=4:top-story&Itemid=8



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jueves, 27 de diciembre de 2012

Comunicación 1930 de Ezequiel Rojas para José Andrade sobre el protocolo "secreto" firmado por Richard Olney y Julián Pauncefote (30 de diciembre de 1896)

jueves, 20 de diciembre de 2012


Ezequiel Rojas

Señor: 

He leído los diversos juicios y comentarios que ahí se han hecho acerca del protocolo firmado por los señores Olney y Pauncefote para el arreglo de la cuestión de límites entre los Estados Unidos de Venezuela y la Gran Bretaña. 



Hallo por primera vez ese documento publicado en el NEW YORK JOURNAL del 6 de este mes, que se remitió de Londres a su redactor, por quien se hace alarde del hecho como una hazaña rara vez realizada por el periodismo. 

En el numero siguiente del mismo diario se anuncia con cifras de marca mayor en la primera pagina que, “la publicación del tratado causa gran conmoción”; que “Sir Julian Pauncefote dice por el cable a la metrópoli que los intereses de la Gran Bretaña han sido puestos en riesgos por las revelaciones del Diario, que prueban cuan diplomáticamente ha mirado Inglaterra por sus intereses, que la exclusiva presentación de los términos del convenio de limites ha asumido una gravedad internacional,; y que el Presidente Cleveland manifiesta su indignación por haber otra vez más Inglaterra publicado secretos de Estado”. 
Observo que para el 8 el señor Olney mandó dar a la estampa el propio memorándum, cuando hubo recibido el calograma de usted. 
Noto, además, que en los círculos diplomáticos es unánime la opinión de que el tratado prácticamente abandona toda la causa de Venezuela, y asegura el triunfo Británico en todo los puntos esenciales; que ninguno de los diplomáticos duda ni un por un momento que el quinto arbitro será favorable a la Gran Bretaña y decidirá a su favor todos los puntos que se susciten que en especial los diplomáticos de la América Central y del Sur forman una triste idea de la situación, y declaran que saltar de la enérgica actitud protectora tomada por el presidente Cleveland en su mensaje hace un año sobre Venezuela, al tratado de hoy, es haber dado una gran caída. 
Veo también la crítica del Senador Davis, las observaciones del representante Livingston, a quien parece el tratado un plan para dar a Gran Bretaña cuanto reclama, aun al oeste de la línea de Shomburgk y luego establecer los títulos de usurpadores británicos a todo lo que valga en los demás; la opinión del Senador Morgan según el cual el tratado ha establecido la soberanía de los usurpadores; el parecer del señor Coudert, miembro de la comisión investigadora, que ya ha declarado a favor del convenio, puede ser candidato de la Corte Suprema para las funciones de árbitro. 
Me fijo además del análisis hecho por el propio Journal de las clausulas del protocolo, que se hallan perjudiciales para Venezuela, sobre todo la de los 50 años, en lugar de los 60 propuestos desde el principio, porque se piensa que sanciona la línea de Shomburgk trazada en el año 1841, y la regla 3 susceptible a dar margen a cuantiosas indemnizaciones a favor de individuos que se han metido en territorio extraño. 
Me llama mucho la atención que el ministro de Mexico, Señor Romero, cuyo dictamen creía usted favorable al tratado, haya dicho que la “Gran Bretaña ganará, que contará con el quinto arbitro”. 
Aseveran que el Señor Olney cayó en la celada que le puso Sir Julián Pauncefote, y así convino en ciertas concesiones vitales para la Gran Bretaña y peligrosas para Venezuela. 
Hasta dicen que el ministro de Venezuela, con ser un diplomático experimentado, fue tratado con escasa cortesía y apenas se le consultó. 
He leído que van a imprimirse, o mejor dicho, que se están ya imprimiendo, los documentos reunidos por la diligencia de la Comisión Investigadora, mas sin observación alguna acerca de sus merito, o de la influencia que puedan tener en pro o en contra de las partes en litigio. Se refiere esto a los principales informes de los profesor Jameson y Burr, acerca de los establecimientos y archivos Holandeses, de Justin Winsor sobre cartografía y el gran atlas de mapas históricos de Mallet-Prevost, de los facsímiles de los grandes mapas matrices, unos cincuenta y cinco, que han resultado todas las demás cartas de Guayana, y de los mapas claves hechos por los expertos de la Comisión, en los cuales se da la configuración del territorio disputado con su ríos, costas y montañas, y sobrepondrá en colores la situación de los establecimientos en varios periodos , la formación geológica y otros rasgos que presentan una revista grafica de la controversia. Se agregan que se imprimirán para uso futuro los importantes documentos descubiertos en Holanda por el Profesor Burr, y que se creen desconocidos por las partes del litigio. Que fuera de esas publicaciones, la comisión no tiene idea de dar ningún informe, son que confía ser exonerada tan pronto como los buenos oficios de los Estados Unidos hallan sido formal mente aceptados por los contendores. 
Ya se ve que tal publicación, apenas hecha, deberá conseguirse para el gobierno. 
En periódico de Demerara y de Londres se ha visto que el señor Harrison, el detenido en la pica del Acaribisi, cree que los árbitros deberán considerar y decidir las reclamaciones Británicas a Tumeremo, El Callao, El Carabal y Guasipati, como incluidas en el convenio, sin embargo de haber dicho Lord Salisbury, y escrito en el mapa entregado al Doctor Modesto Urbaneja, que no insistía en tal pretensión extrema. Todo esto se estima que proviene de no haberse especificado el territorio de la disputa en el protocolo. 
Aquí se han publicado artículos sobre la cuestión, unos en pro y otros en contra. 
La regla (a) ha parecido de sentido dudoso. Quien juzga que la dominación política de un distrito y la colonización de él, que los árbitros puedan estimar como suficiente posición adversa o títulos por prescripción, han de durar los cincuenta años de que habla la primera clausula: quien opina que, sea cual fuere, la duración de tal dominación o colonización, surtirá efecto de hacer perder a Venezuela el territorio a que se apliquen. 
De aquí resulta la necesidad de pedir alguna aclaración de los puntos oscuros del proyecto, de suerte que se pueda explicar al Congreso cuando en el estudio de él se ocupe. 
La precipitación con que se exigió al Gobierno resolviera sobre el contenido de un memorandun que por primera vez se presentaba, y cuyo autor no ha dado ningún esclarecimiento sobre el particular, impone la necesidad de pedirlos para mayor instrucción del Ministerio, con vista de los citados juicios, de la prensa de ese país, y de los demás que no hayan aquí venido. 
No cerrare este oficio sin notar que los contenidos de “New York Journal”, referidos antes, aparecen en contradicción con los informes que habían llegado a esta ciudad en cuanto al propósito de ese gobierno de publicar , simultáneamente con el mensaje anual, el consabido protocolo; informes que movieron a imprimirlo aquí, previo aviso a Washington, el 09 de este mes, en unión de la carta del señor Cleveland para el General Crespo y la respuesta de ella antes de haberse despachado el lugar de su destino. 
Como usted llegaría a Washington el viernes último y se pondría desde luego en comunicación con el Señor Olney, he estado aguardando algún telegrama respetos a la probabilidad de conseguir las modificaciones y añadiduras solicitadas por el Presidente y su Gabinete, mas nada hasta hoy he recibido. Si algo viniere antes de salir este pliego, me apresurare en ponerlo en conocimiento del gobierno 
Señor José Andrade 
Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de Venezuela en los Estados Unidos. 
Washigton , D.C.
Fuente : M.R.E. A.C., Archivo Gran Bretaña, Limites de Guayana, Bases Propuestas por EE.UU, Vol. I, Tomo XXXIII (1896-1897) Folio 95.

Para leer el Acta de Washigton del 02 de febrero de 1897: http://esequibonuestro.blogspot.com/2012/02/por-cuanto-el-dia-dos-de-febrero-de.html

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Extracto de la comunicación de Perry Allen, quien representó a Venezuela como uno de los tres secretarios del Tribunal Arbitral de París 1899. Al Embajador de Venezuela en México Dr. Pulido Méndez, el 19 de Marzo de 1951.

miércoles, 26 de diciembre de 2012


http://bibliografilaguayanaesequibacom.blogspot.com/2012/12/extracto-de-la-comunicacion-de-perry.html



Tribunal Arbitral de París 1899. Colección  La Fundación  de la Guayana Esequiba 

Tomado de:


Marzo de 1951

Excelentísimo Sr. M. A. Pulido Méndez
Embajador de Venezuela
México

Distinguido y fino amigo.

Accediendo al deseo expresado por usted de que yo reprodujera (….) un memorándum escrito por su socio el Licenciado Severo Mallet Prevost, para que se publicara después de la  muerte de este, (…) me complazco en cumplir con lo que  prometí (…).

En el mes de diciembre del año de 1899, siendo yo Secretario del Magistrado John M. Harlan,  de la Corte Suprema de de los Estados Unidos, hubo una discusión acalorada en los periódicos norteamericanos sobre la controversia entre el Gobierno de Venezuela y el de la Gran Bretaña, referente a los linderos limítrofes entre Venezuela y la Guyana Británica, especialmente por que el Gobierno Británico insistía   obstinadamente en lo que él reclamaba como límites de la Guyana Británica debía de tenerse por territorio británico, a pesar de las protestas del Gobierno de Venezuela, rechazando aquel toda oferta de  someter  la cuestión a un Tribunal de Arbitraje.

El Gobierno de los Estados Unidos había tomado cartas en el asunto, apoyando a Venezuela, e hizo lo posible para que el Gobierno Británico accediera al deseo del de  Venezuela, de que se sometiera la cuestión a un arbitraje, pero sin que la Gran Bretaña le hiciera caso, hasta que el Presidente Cleveland (…) basándose en la Doctrina Monroe, mando un mensaje al Congreso Norteamericano, en que decía que (…)  lo único que podía hacer el Gobierno  Estados Unidos en esas circunstancias era…resistir con toda la fuerza a su alcance a cualquier usurpación que la perjudicara.

El Tribunal de Arbitraje se reunió en París   en 1899, y fueron nombrados tres secretarios del mismo, un francés, un inglés, y otro (el infrascrito)  como secretario por parte de Venezuela.

Tanto el gobierno de de los Estados Unidos como el de Venezuela entendía que la cuetion presentada al Tribunal de Arbitraje, tendría que ser fallida de acuerdo con los hechos comprobados y las leyes aplicables al caso, y es fácil comprender la sorpresa de Mallet-Prevost según lo relata él mismo en su memorándum publicado después de su muerte, por su socio el juez Schoenrich,  en que se refería a una comida a la que asistió,  sentado   al lado del árbitro británico Lord Russell, en la Embajada americana en Londres antes de trasladarse a París, para la celebración de la sección preliminar del Tribunal   Arbitraje en el mes de  enero  1899.

Copio sus propias palabras tomadas de ese  memorándum cuya copia tengo a la vista:

“…me senté al lado  de Lord Russell, y en el curso de la      Conversación me atreví a expresar   la opinión de que          los arbitrajes  internacionales deben de basar sus decisiones exclusivamente en terreno legal.  Lord Russell me replico inmediatamente “…difiero completamente de su opinión. Creo que los arbitrajes internacionales deben de orientarse por vías más amplias y que deben de tomar en consideración las cuestiones de política internacional…”

Para mí,  el modo indicado por Lord Russell para resolver la controversia entre la Gran Bretaña y Venezuela hubiera figurado en el convenio de arbitraje como regla de conducta, ni el Gobierno de Venezuela, ni el de los Estados Unidos lo habrían aceptado.

Lo que pasó  después    ha hecho resaltar la falta de una regla precisa de conducta  consignada por escrito en el protocolo para el gobierno de los árbitros y la “farsa” en realidad representada por el fallo que se dicto.

Sir Richard Webster  abrió el debate en parís, y recuerdo que me llamó la atención el hecho de que a cada rato el que hablaba fue interrumpido por el “arbitro ingles Lord Russell”, (…) tendiente a causar en los oyentes la impresión de que él era uno de los abogados de parte de  la Gran Bretaña y no uno de los jueces del Tribunal de Arbitraje.  Esto me parece de mucha importancia pues todo el mundo sabe que en los juicios entre  particulares,  los jueces están sujetos a recusación si  aparece  (…) que no pueden ser jueces imparciales. Y por razones semejantes, si en un tribunal de arbitraje (…) ese juez es súbdito o ciudadano de una de las partes litigantes, y como tal, por obstinación o por patriotismo no puede concebir que su propio país deje de tener razón en la controversia, en ese caso debiere de existir  un derecho de parte de la otra nación de recusarlo, ¿si no es recusable y se estimara que en todo caso debe de emitir su fallo a favor de su propio país, no resulta que es en realidad juez y parte? Lo que no puede tolerarse en esos juicios entre particulares. Si los  árbitros de cada gobierno creen que su deber  les impone la obligación de fallar siempre a favor del suyo, ¿no es evidente que para ganar la partida (…) alguno de ellos haga una conquista de un tercer arbitro en discordia?, y si eso es así, ¿ habrá duda de que tales arbitrajes son manera de “farsa”? (…).

En fin (…) terminados los debates (…) los dos árbitros ingleses se fueron a Londres llevándose con ellos el Presidente ruso del Tribunal F. de Martens (…).

Recuerdo bien el  día señalado por el Tribunal de Arbitraje para dar el fallo para dar su fallo. El Presidente de Martens (…) dijo (…) que en el presente arbitraje todos los árbitros estaban de acuerdo y por lo tanto que la controversia habia sido decidida por el voto  “unánime” de ellos: dándose a entender que no había hallado ninguna diferencia de opinión entre ellos, por lo que debía estimarse que el fallo era en todo un justo, legal y equitativo, y debía de ser satisfactorio para todas las partes interesadas (…) fallo que por su injusticia causo consternación, no solo entre los abogados de Venezuela sino de parte de su gobierno y el de los Estados Unidos.  

Recuerdo que el ex presidente Harrison  (…) decía después,   (…) que se lamentaba  (…) haber dedicado dos de los mejores años de su vida a un asunto que había vuelto a ser una mera farsa, agregando  que la línea limítrofe fijada por el Tribunal de Arbitraje no tenía sentido común  que no concordaba en absoluto con las pruebas presentadas, no conforme a derecho; que no fijaba una línea basada  en linderos limítrofes naturales, como se acostumbraba entre naciones, tales como ríos y serranías, sino que la línea se había trazado de tal manera que todos los terrenos en que se suponía podría haber depósitos de auríferos fueron adjudicados a Inglaterra, y que las ciénagas y demás tierras pantanosas e inservibles se había asignado   a Venezuela  (…).

Es obvio que este arbitraje resulto una ilusión y un engaño tanto para Venezuela como para los Estados Unidos.

Me parece que la Gran Bretaña desde hace siglos ha estado acostumbrada adueñarse de todo lo que se le antojaba, y podía tomarlo debido a su poderío naval y militar, y las naciones pequeñas carentes de fuerza para resistirla, han tenido que sufrir el despojo de sus tierras sin poder defenderse. Francamente, cada vez que me pongo a reflexionar sobre el vergonzoso despojo de 1899 de parte del territorio legítimamente perteneciente a Venezuela, me siento hervir la sangre, aunque ya han trascurrido más de cincuenta años después que sucedió.     

Pero ahora la Gran Bretaña, debilitada  por dos guerras mundiales, y estando actualmente bajo la amenaza de otra, aun más terrible, tal vez   en lugar de de poder ya “imponer su voluntad”  sobre un país pequeño ( como decía el Presidente Cleveland en su aludido mensaje al Congreso Americano en 1895), podría llegar a depender de la ayuda del petróleo de Venezuela, como de  un  elemento importantísimo de y aun decisivo.

La devolución a Venezuela de la parte de su  territorio que le ha sido  arrebatado por la Gran Bretaña, representaría para ésta un valor insignificante comparado con el bienestar y seguridad del Reino, y si estalla la tercera guerra mundial   (…) los ingleses (…) tendrían  que depender del petróleo de Venezuela (…).

Si esta situación viniera a presentarse, me magino que la gran Bretaña estaría dispuesta a favorecer, a titulo de compensación por la ayuda de los inmensos recursos petroleros de Venezuela, devolverle la parte de su territorio de que tan descaradamente fue despojada en el año de 1899. Pero no haciéndolo y viniendo a presentarse la situación aludida, podría la Gran Bretaña  justamente esperar que los venezolanos, sintiéndose tan resentidos y ultrajados como están, estarían dispuestos a presentarle a Inglaterra tal servicio (…).  

¿Por qué esperar pues hasta ver si la Gran Bretaña vaya tener que afrontarse a una situación apurada que le obligue a suplicar a los venezolanos que pongan todos sus recursos petroleros a la disposición de los ingleses para la salvación de su país? ¿ por qué no aprovechar   la presente situación para hacerles voluntariamente un gesto amistoso tendiente hacerles olvidar    sus resentimientos, y convertirlos en buenos amigos para el futuro, ofreciendo expropio motu  y sin exigirles una compensación, la devolución de aquella parte del de su territorio, que les fue tan  injustamente arrebatada y rectificando el punto de partida de la línea limítrofe para que comience desde la Boca del Moruco, en donde habría comenzado si el fallo del Tribunal Arbitral hubiera sido rendido de conformidad con los hechos comprobados y con arreglo a la Ley? Este acto voluntario, seria calurosamente aplaudido no solo por Venezuela, sino por el pueblo de todo este hemisferio.

¿Por qué  no hacerlo ahora mismo y no dejar de hacerlo hasta estar obligado a pedir socorro a Venezuela, ya que podría ser tarde?

Loa ingleses se jactan de que en las contiendas de todas clases que se verifican en su país, los contrincantes siempre pueden contar con  “Fair  Play” (actitud correcta según la regla de la materia). ¿Pretenderían  seriamente que hubo “Fair  Play” en el arbitraje del año de 1899? ¿Por qué no reconocer ahora, que los venezolanos han tenido razón en hacer sus amargas quejas durante más de cincuenta años y demostrar con ese gesto  que los ingleses no se han apartado de su principio de conducta conocida por el de “Fair  Play”, devolviéndoles lo que en toda su conciencia es suyo?

Perry Allen

Y añadimos
“…se pude embaucar a un cierto número de personas todo el tiempo, ya a todo el mundo durante algún tiempo, pero no es posible embaucar siempre a todo el mundo…”

Abraham Lincoln



Temas Relacionados



Comunicación del 04 de octubre de 1899 del Dr. José María Rojas Agente ante el Tribunal Arbitral de Paris al MRE de Venezuela


60º Aniversario de la publicación del Memorándum de Mallet Prevost (Guayana Esequiba). Parte I

 

El Memorándum de Severo Mallet-Prevost por el doctor Otto Schoenrich. Parte I

 

Memorándum dejado al Juez Schoenrich, para no ser Publicado, sino a su Juicio, Después de su Muerte. Parte II




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Recuperamos el Esequibo ¿y ahora qué?

miércoles, 19 de diciembre de 2012


Regiones de Defensa Integral de Venezuela (FANB)
Extraido de: http://esequibonuestro.blogspot.com/2012/12/recuperamos-el-esequibo-y-ahora-que.html en  fecha :27-12-12.

Por Carlos Oropeza
Desde hace muchos años la principal vindicación patria es el el retorno del territorio de la Guayana Esequiba a la geografía nacional. Muchos ríos de tinta han corrido desde el siglo XIX acerca de los muchos títulos históricos y jurídicos que posee Venezuela y las artimañas británicas que derivaron al robo de 159.500 kilómetros cuadrados en una tarde de París en 1899. 

Sin embargo, muy poco se ha escrito acerca de lo que se debe hacer en el momento en que oficialmente la Guayana Esequiba sea reincorporada a la división política venezolana. Esperamos que la diplomacia venezolana este en las condiciones para dar sus argumentos y lograr mediante mecanismos pacíficos de la ONU hacer realidad nuestra principal causa nacional.

En este análisis, apegado a la Constitución Nacional y en las Leyes venezolanas, realizo algunas propuestas a corto, mediano y largo plazo para una adecuada integración del Territorio Esequibo, evitando los traumas para la colectividad esequibana, oprimida por más de 112 años por los gobiernos británico y guyanés.

Luego de las celebraciones por el retorno de todo o parte del Esequibo, el gobierno nacional del momento debe tomar algunas decisiones entre ellas:

1) La toma de inmediato de la Fuerzas Armadas, para garantizar el orden y evitar focos de rebelión pro-guyanés (art.329 CRBV).

2) Declarar a la Guayana Esequiba Territorio Federal bajo la administración del Presidente de la República (art.16 CRBV). este debe nombrar a un gobernador por un cierto periodo de tiempo. Crear una Ley Especial para el territorio Esequibo.

3) Garantizar que los organismos públicos nacionales estén presentes en cada poblado del territorio, afín de propiciar la presencia del Estado. De igual manera incentivar el poblamiento  de venezolanos en toda la región.

4) Garantizar la cedulación de todos los nacidos en el territorio.

5) Elegir a un poblado que de manera temporal servirá como capital del territorio (Bartica, Anai, Letem...)

División del Territorio Esequibo

6) Sudividir el territorio en cuatro regiones: Región Barima-Guainí, Región Moroco-Pomarón, Región Cuyuní-Mazaruni y Región Alto Esequibo.

7) Agilizar la construcción de carreteras para unir las diversas poblaciones y crear puertos marítimos y fluviales para la distribución de bienes y materiales.

8) Realizar un censo de población en el territorio con la intención de medir las necesidades de bienes y servicios.

9) Decreto Ley para la implementación del castellano como segundo idioma en el territorio.

10) Creación de una red eléctrica para el territorio en conjunto con planes de desarrollo hidroeléctrico. 

11. Construcción de acueductos por regiones y mejorar el sistema de distribución de agua potable.

12) Mejora y construcción de centros de salud en todas las poblaciones esequibas.

13) Creación de áreas de protección especial para la flora y fauna regional.

14) Establecimiento de teatros de operaciones del ejercito en la frontera con el Brasil y a lo largo del río Esequibo.

Se deben patrullar los ríos y el mar territorial esequibo.
15) Propiciar la integración de la nación y de la población esequibana, enriqueciéndose ambos de su cultura, lenguaje y forma de vida.

16) Creación de núcleos agrícolas e industriales aprovechando los recursos y la mano de obra esequibana, incorporarla a polo de industrias de Guayana.

17) Incentivar el turismo, la inversión nacional e internacional y la construcción y mejora a los aeropuertos y la industria hotelera existente.

18) Proyectar y construir una nueva capital en el territorio, en una área propicia para la  efectiva administración regional (Madia, Issano).

19) Garantizar los derechos y deberes constitucionales y la calidad de vida de los habitantes esequibanos y en especial de las poblaciones indígenas.

20) El estado debe tomar la decisión en un futuro, de crear un estado en el territorio o reintegrarla a los estados Bolívar y Delta Amacuro.

Estas son algunas propuestas a fin de garantizar que el retorno de la Guayana Esequiba al patria venezolanas. Puede que se haya ignorado alguna, pero desde mi punto de vista es lo esencial para que los esequibanos y el resto de los venezolanos podamos encontrarnos y seguir juntos el camino del desarrollo.  

Espero que los habitantes del Esequibo puedan conocer estas propuestas y dar sus sugerencias a fin de mejorarlas, porque no hay duda que muy pronto el Esequibo volverá a ser venezolana

¡El Esequibo es Nuestro!

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Seis muertos en choque entre barcos en Guyana (Guayana Esequiba)

Tragedia en el río Pomeron, en la Guayana Esequiba


Tomado de: Venezuela al Día en fecha:Miércoles 19 de diciembre de 2012



Seis personas murieron en la noche del lunes en Guyana* cuando dos naves rápidas, una de ellas perteneciente al gobierno, chocaron en un río utilizado con frecuencia para transportar pasajeros hacia la vecina Venezuela, informaron autoridades este martes.

Según la policía, los fallecidos son una mujer, dos hombres adultos y tres jóvenes, víctimas del choque producido cuando una de las embarcaciones, equipada con un motor fuera de borda de 150 caballos de potencia, se partió al impactar con el barco gubernamental en el río Pomeron.

Uno de los ocupantes de la embarcación propiedad del gobierno, Indra Netram, dijo que la colisión se produjo como consecuencia de las muy fuertes lluvias que se desencadenaron en la región del accidente y la escasa visibilidad reinante.

Los 12 pasajeros que transportaba el navío gubernamental, de 200 caballos de potencia, eran funcionarios que iban a entregar computadoras portátiles gratuitas a integrantes de comunidades indígenas en el marco del plan Una computadora por familia, financiado por China.

El río Pomeron es una importante puerta de entrada y de salida para guyaneses y venezolanos.

AFP

fuente primaria:  http://venezuelaaldia.com/2012/12/seis-muertos-en-choque-entre-barcos-en-guyana/



*Observación: Al referirse a Guyana (República Cooperativa de Guyana) Venezuela solo reconoce su territorio al este del río Esequibo (Nota de Reconocimiento de la Cancillería al nuevo estado de Guyana del 26 de mayo de 1966: "En consecuencia, el territorio de la Guayana Esequiba sobre el cual Venezuela se reserva expresamente sus derechos soberanos, limita al Este con el nuevo Estado de Guyana, a través de la línea media del río Esequibo, tomado éste desde su nacimiento hasta su desembocadura en el Océano Atlántico").

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viernes, 14 de diciembre de 2012

El 16 D Vota en las Regionales 2012 y cumple con tú deber patrio

Este 16 de  Diciembre  no te olvides de cumplir  con Venezuela

¡VOTA!
Único documento exigido y válido para votar es la cédula de identidad
Las personas de la tercera edad y con discapacidad podrán acudir al centro de votación con algún acompañante, que los podrá asistir
14/12/2012.

El único requisito exigido y válido para ejercer el derecho al voto en las elecciones regionales de este domingo 16 es la cédula de identidad, incluso si está vencida.

El director nacional de la Oficina de Planificación Electoral del Consejo Nacional Electoral (CNE), Luis Piedra, destacó que el proceso comicial se regirá por la denominada Herradura Electoral, con la cual se agilizará el fluido de los electores en los centros de votación.

Asimismo, informó que este domingo en cada centro de votación se dispondrán pendones informativos sobre los candidatos a gobernaciones y consejos legislativos que se elegirán en las localidades para facilitar al elector su ejercicio al sufragio.

Recordó que no se podrá hacer propaganda o acudir con vestimenta alusiva a algún aspirante a gobernador o a cargos legislativos ni organizaciones políticas.

Las personas de la tercera edad y con discapacidad podrán acudir al centro de votación con algún acompañante, que los podrá asistir.

Piedra reiteró que las escuelas habilitadas como centro de votación abrirán sus puertas desde las 6:00 de la mañana y el proceso, tal como está establecido, se extenderá hasta las 6:00 de la tarde, salvo se mantengan electores en cola.

Extraido  de  la  web:http://www.cantv.net/servicios/resena.asp?id=215361&cat=2&Fresena=TRUE 

Fuente primaria: Correo del Orinoco

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Don Antonio Sucre y nuestro territorio


JOSÉ FÉLIX DÍAZ BERMÚDEZ| EL UNIVERSAL

Martes 11 de diciembre de 2012 12:00 AM

El coronel don Antonio de Sucre, Estrelles y Pardo, abuelo del Mariscal de Ayacucho, fue un meritorio oficial del Rey que prestó importantes servicios en Venezuela y, en particular, en la provincia de Cumaná. Entre los cargos que ocupó se encuentra la Comandancia de las Compañías Veteranas de Infantería de Cumaná, en la que se formaron militarmente sus hijos don Vicente y don Francisco.

Cumplió una extensa carrera militar, como el mismo le refería al Rey: Cadete desde el 25 de agosto de 1751, cuando ingresó con el rango de "Plaza de Fusilero de la Tropa que guarnecía la demolida Real Fuerza de Araya, en cuyo tiempo pasó a Habilitado Subteniente Interino en uno de los Piquetes que envío el Mariscal de Campo Diego de Tavares, de auxilio a la ciudad, y Provincia de Caracas, a pedimento de su Gobernador don Felipe Ricardos, con motivo de la sublevación de Juan Francisco de León y sus secuaces; y después ..., interinamente, al del empleo de Teniente de Infantería de la Compañía del Castillo de San Antonio, uno de los de esta Plaza...". Luego, bajo las órdenes de don Francisco Javier de Flores, fue: "... Alférez de la Compañía del Castillo de Santa María de la Cabeza...", y después: "Teniente Int.de otra Compañía del Castillo de Santa María...".

Con ese último rango: "...estando gobernando interinamente, esta Provincia el Coronel Nicolás de Castro...", participó en la defensa de los límites de la Capitanía General de Venezuela, hacia el oriente, sobre lo cual el mismo testimonió: "... éste le envió con partida de veinte y cinco hombres de esta tropa, a la provincia de Guayana, a impedir los bárbaros intentos de los Indios Caribez, protegidos de los Olandeses de la Colonia del Squivo..." (hoy Esequibo) "...de quemar los Pueblos de Misión de aquella Provincia; y por haberla hallado a su llegada tranquilizada, de aquellos riesgos, se regresó con su partida a esta Plaza".

Los indios atacaban con frecuencia los asentamientos españoles y la perseverancia misionera y militar insistía en conservarlos. Siguió don Antonio la noble tradición de su padre don Carlos de Sucre, gobernador y capitán general de Cumaná, quien tuvo jurisdicción en Guayana, dejó su impronta allí al apoyar el poblamiento, mejorar las fortalezas y realizar la descripción geográfica, para enfrentar las invasiones de los portugueses en el territorio.

Así lo refirió don Antonio de Sucre, en documentación existente en el Archivo de Simancas y otros en España: "Después le destinó el Coronel José Diguja, como Gobernador de esta Provincia, y Cuarto Comisario de la Expedición de Límites, con trece embarcaciones a su comando, y correspondiente Escolta de Tropa, a conducir y entregar al Jefe de la Escuadra Don José de Iturriaga, los pertrechos, y demás auxilios de que iban cargadas, en cuyo viaje rindió, y apresó una balandra francesa del trato ilícito, que encontró en esta Costa, y le envió al referido Gobernador Don José Diguja, quien la condenó, con su carga, a favor de la Real Hacienda de V.M., y continuando su navegación, a su destino, apresó en el Orinoco, otras dos embarcaciones de Caribez, que llevaban Indios Poytos, o esclavos para venderlos en las Colonias Olandezas de Berbiz, Squivo, y Surinama..." (hoy Berbice, Esequibo y Surinám). La delineación y afirmación territorial de la zona era indispensable y España para ello envió la llamada Expedición Solano (1753-1761).

Don Antonio de Sucre cumplió de manera destacada sus servicios aquella Real Expedición de Límites por espacio de "un año, y dos meses", hasta que regresó a Cumaná, en calidad de Teniente, hasta que fue nombrado: "Capitán del referido Castillo de San Antonio", el 04 de febrero de 1764.

Se involucró en otros hechos en resguardo la jurisdicción de la Provincia de Cumaná. Cierta vez, se: "le destacó con treinta Hombres a la costa de Paria, donde unas embarcaciones extranjeras estaban haciendo pesquería de tortuga, y carga de palo de Guayacán, y sus tripulaciones habían hecho algunas muertes de españoles para apresarlas atacó, y apresó una goleta armada en guerra..., atacó luego una balandra que no logró apresar por haberle favorecido más el tiempo, con que pudo libertarse con precipitada fuga".

Su hoja de servicios destacaba los oficios de Capitán de la Segunda Compañía de Guayana, Capitán de la Segunda Compañía de Infantería de la Plaza de Cumaná, Teniente Coronel de Infantería, Comandante de la Tropa Veterana de Cumaná.

Por su antigüedad y noble origen, el 06 de febrero de 1781, se solicitó que Rey le concediese el gobierno de la Isla de Margarita, el de la Provincia de Guayana o la Comandancia de Puerto Cabello, lo cual no fue posible. Sin embargo, don Manuel González, capitán general de Caracas, peticionó ofrecerle un mejor destino ya que: "...por su mérito, y por el honor y esmero, correspondientes a su ilustre nacimiento ha desempeñado los cargos que sus superiores han puesto a su cuidado".


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martes, 27 de noviembre de 2012

Alerta III: Caso: Guyana Esequiba, Revista Zeta




Articulo  extraído en  su  totalidad de  las paginas 10 a la 12 de la  revista Zeta Nº1867, de  fecha 24-08-12.

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lunes, 12 de noviembre de 2012

Homenaje al digno desempeño del Dr. Marcos Falcón Briceño

Todos somos  muchos, y  muchos somos todos los que ya vivimos con el mismo idioma, creencias y tradiciones; buscando un anhelo en el tiempo y el significado autentico de nuestro Venezolanismo como Estado enmarcado en una  legítima Unión Latinoamericana De Naciones. Solo así prevaleceremos ante la iniquidad, la adversidad y la barbarie.  A.J.D.M.  11-11-2012.

 Homenaje con motivo a los 50 años del discurso pronunciado el 12 de Octubre de 1962 por el Dr. Marcos Falcón Briceño en la ONU en defensa de los legítimos derechos de Venezuela sobre el Territorio Esequibo.

Digno representante de la cancillería venezolana
Dios y la Patria os honra por su elocuencia, cívica y patriótica representación ante la ONU.

Imagen tomada de la wed: http://www.google.co.ve/imgres?um=1&hl=en&sa=N&biw=1137&bih=711&tbm=isch&tbnid=b6kICKK8_Y85kM:&imgrefurl=http://esequibonuestro.blogspot.com/2011/12/informe-de-los-expertos-venezolanos.html&docid=IjKXrXO_cXS2VM&imgurl=https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEj37gqgEoVgY-M0W85KvSXYFX9zkatdl7an60m4PJrY1napHbFkdgJnZT_0vQXcG0fyTxZDYtGewoOMBaq7eTFJ1h9yDRUemaDkkwzaPd18vGAdABCum4ZMAaIR5dn-0ALsThN3HxI98r-g/s1600/59-1178.jpg&w=245&h=569&ei=M7KhUO2XKPSC0QHC1YGQDg&zoom=1&iact=rc&dur=371&sig=115260869782310931017&page=1&tbnh=144&tbnw=71&start=0&ndsp=21&ved=1t:429,r:0,s:0,i:66&tx=59&ty=105 en  fecha 11-11-12.
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jueves, 11 de octubre de 2012

Sección Norte Costera de Nuestra Guayana Esequiba


Mapa de  la  Sección  Norte donde se observa el Río Cuyuní en la Guayana Esequiba;tomada del Cojo  Ilustrado Nº 81 de fecha 1 de Mayo de 1896.
Investigado en la Hemeroteca de la Academia Nacional de la Historia en el  Palacio de las Academias en Caracas, Venezuela y fotografiado por. A.J.D.M. el 03-10-12.

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viernes, 5 de octubre de 2012

Pensando en el Servicio de Relaciones Exteriores

"Cuan amplia debe ser la permisividad de la Nación para permanecer impávida ante la usurpación del suelo sagrado de la Patria; basta ya del desamor patrio, de la iniquidad e injusticia con el heroico pueblo venezolano que hubo de verter la valiosa sangre de sus  hijos en favor de la Libertad de su suelo y de otros cinco pueblos hermanos".  A.J.D.M.  05-10-12.

Ese sin duda; debe ser el sentir y pensamiento que  guié a los Servidores Públicos del Servicio de Relaciones Exteriores de Venezuela que con la inclinación  arraigada en su terruño y  familia trabajen para mantener y preservar y engrandecer el legado que en otrora nos dejaron con muchos sacrificios: Miranda, Bolívar, Sucre, Pàez,  y otros tantos hombres y mujeres que hicieron y hacen de nosotros: LA GRAN NACIÓN QUE ES HOY VENEZUELA. 

Nunca el pueblo libre y soberano de Venezuela desistirá del  justo reclamo sobre nuestro Territorio Esequibo.

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domingo, 30 de septiembre de 2012

Venezuela - ¿Traición a la Patria?: Silencio lesivo en el caso Esequivo

La Palabra es: Sin comentarios, !hasta cuando los políticos meten la pata, no...¡
Porque entre las cosas de las que adolecen los políticos es de voluntad para resolver los graves problemas de la sociedad venezolana y créanme  este es uno de esos problemas, llamado
" Seguridad Territorial de La  República de Venezuela."

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viernes, 28 de septiembre de 2012

Tesis Venezolana sobre El Golfo de Venezuela y Los Montes de Oca


EL LAUDO ESPAÑOL DE 1891 Y LA FIJACIÓN DEL COMIENZO DE LA FRONTERA

La Reina de España, doña María Cristina, en su sentencia del 16 de marzo de 1891, no tomó en cuenta títulos inobjetables porque favorecerían a Venezuela, entre ellos la capitulación de los Belzares de 1528 y decenas, y aun centenares, de títulos consistentes en nombramientos extendidos por la Corona a funcionarios gubernamentales de la Provincia del Golfo de Venezuela y Cabo de la Vela, es decir, que abarcaba las áreas del Golfo y de la Guajira.
Esta extensión provincial vino a sufrir una disminución legal como consecuencia de la fundación de la ciudad de Ríohacha, enclave entre Venezuela, por el este, y Santa Marta, por el oeste. Pero esta disminución de todas maneras daba y dio definitivamente a Venezuela un límite occidental muy preciso, pues por Reales Cédulas inobjetables fechadas en 1547, 1563, 1568 y 1577 fue establecido y ratificado el lindero entre Venezuela y Ríohacha formado por una recta trazada norte-sur a ocho leguas (44 km) de esa ciudad. O sea, a unos 55 km al oeste del cabo de la Vela.
Pues bien, la omisión de tantos, tan claros y tan inobjetables títulos por parte del Real Árbitro respondió a su abierta política de favorecer a Colombia.
Restringiéndonos a la Sección Primera del laudo, la que cubre tanto a la Guajira como a los Montes de Oca, el árbitro fundamentó la sentencia, para los efectos de delimitación, en el Acta de Sinamaica del 1° de agosto de 1792, pero invirtiendo el sentido de la línea, describiéndola de norte a sur en los siguientes términos:
Sección Primera. Desde los Mogotes llamados los Frailes, tomando por punto de partida el más inmediato a Juyachí, en derechura a la línea que divide el Valle de Upar de la provincia de Maracaibo y Río de el Hacha, por el lado de arriba de los Montes de Oca, debiendo servir de precisos linderos los términos de los referidos montes por el lado del Valle de Upar, y el Mogote de Juyachí por el lado de la serranía y orillas de la mar.
Debemos insistir en que, como quedó explicado arriba, el legítimo lindero de Venezuela con Ríohacha (Colombia) iba en línea recta norte-sur a ocho leguas, o 44 km, de esa ciudad, y en 1891 el árbitro lo sustituyó con la línea de Sinamaica, Pero también el árbitro prescindió, aun después de adoptar esa divisoria municipal, de las funciones específicas asignadas legalmente a Sinamaica como villa fronteriza de indios alzados, en virtud de las cuales, y por mandato expreso del Soberano, ejercía su jurisdicción sobre la mayor parte de la Guajira, confirmando de esa manera los títulos primitivos de Venezuela.
Estas omisiones obligan al Gobierno venezolano a exigir aún con mayor vigor la estricta aplicación del laudo en los sectores no demarcados, comoson: el comienzo de la frontera terrestre en el mar, y el correspondiente a los Montes de Oca.
Dado que los Mogotes de los Frailes, como se comprobó en 1900, no se hallan en el borde guajiro sobre el Golfo de Venezuela, hay que buscarlos donde los documentos antiguos sitúan la zona de mogotes: en el litoral guajiro sobre el Mar Caribe. Así, la "Descripción de las Islas de Indias", documento escrito hacia 1566, nos los señala:
"Cavo de la Vela"; el Farallón es un monte con un paredón que está a una legua antes de llegar al Cabo de la Vela, y bate la mar en él, y el Cabo hace la tierra tres o cuatro mogotes".2
Asimismo, como resultado de la expedición científica comandada por el Brigadier de la Armada, Joaquín Francisco Fidalgo, al frente de los bergantines Empresa y Alerta (1793-1802), fueron localizados mogotes y "cerritos bajos amogotados" en la costa comprendida entre Punta Espada y Bahía Honda.3
A la circunstancia de que es la costa guajira sobre el Mar Caribe la que presenta los típicos mogotes señalados por el laudo al decir que están "por el lago de la serranía y orillas de la mar", se agrega que desde esa costa, y no desde el Golfo de Venezuela, se puede trazar, en cumplimiento estricto del mandato del árbitro, la línea "en derechura", es decir, la recta hasta la divisoria entre Valledupar y Ríohacha, o los límites de los departamentos del Cesar y Guajira, costeando el lado occidental de los Montes de Oca, como también obliga el fallo.4
La especificación de que el Mogote descrito como comienzo de la frontera debe estar próximo a Juyachí no ofrece dificultad, pues Juyachí, en apariencia nombre propio, es un genérico, que en lengua guajira significa "esta agua", lo que es aplicable a toda cacimba o manadero de la tierra seca que tipifica la costa sobre el Caribe.5
Se deduce, por consiguiente, que el laudo español fijó el comienzo de la frontera terrestre, con su obvia consecuencia en la marítima, no en la costa sobre el Golfo de Venezuela, sino en la del Caribe donde se hallan los típicos mogotes, originados, por cierto, por la erosión del viento. Dada la abundancia de mogotes en la costa guajira sobre el Caribe, es curioso que el Diccionario Geográfico de Colombia sólo recoja los existentes en otros departamentos colombianos.6
EL LAUDO ESPAÑOL Y LA FRONTERA DE MONTES DE OCA

Fijado el comienzo de la frontera en la costa guajira sobre el Mar Caribe, el laudo determinó con toda precisión la línea divisoria para el sector de los Montes de Oca especificando que debe ir por el lado de arriba de los referidos montes; y agrega: "debiendo servir de precisos linderos los términos de los referidos Montes por el lado del Valle de Upar".
Aclaramos que el gerundio costeando, si bien omitido por el árbitro al transcribir el texto del acta de Sinamaica, debe considerarse como substancial a la sentencia, pues, habiendo declarado en la partes deliberativa, o de los "Considerados", que actúa en esa sección como árbitro juris, o juez de derecho, debe ajustarse estrictamente al mencionado título de la delimitación de Sinamaica.
Ahora bien: costear es un término de la navegación aplicado a las expediciones terrestres. Así el cronista del siglo XVIII, José de Oviedo y Baños, neogranadino residenciado en Caracas, reproduce la orden del gobernador Juan Pérez de Tolosa a Juan de Villegas para que "atravesando el valle de Barquisimeto fuese costeando la serranía hacia el oriente hasta salir a la provincia y laguna de Tacarigua" (hoy lago de Valencia).7
En cambio, cuando se referían a una expedición por la falda de la montaña empleaban el verbo faldear: “tomaron la derrota faldeando la cordillera hasta llegar al río de Casanare”.8
Y cuando la marcha se realizaba por las cumbres, empleaban este término, o decían, como el cronista neogranadino Fray Pedro Simón, “caminando por lo alto de la serranía”.9
En consecuencia, el término del Acta de Sinamaica “costeando por el lado de arriba los Montes de Oca” no admite otra interpretación sino que la divisoria no iba por la cumbre, ni por lo alto, sino por el lado de arriba, que significa, según definición del diccionario de la Real Academia de la Lengua: “adelante, más allá y hacia la parte opuesta”. Como el acta de 1792, fundamento del laudo, fue redactada y firmada en la Villa de San Bartolomé de Sinamaica, es evidente que la descripción correspondiente a que iba costeando por el lado de arriba los Montes de Oca se refiere al lado occidental, pues Sinamaica se halla en el lado oriental de los Montes de Oca.
La voz “arriba” era muy frecuentemente utilizada en las actas municipales y en los procesos judiciales en relación con la propiedad y delimitación de terrenos.
Así, v.g., las Actas del Cabildo de Caracas del siglo XVI recogen la siguiente petición de terreno:
“…pido en la quebrada de Anauco junto al árbol que está por encima del camino entre dos encuentros de barrancos que se hacen en la dicha quebrada por la parte de arriba del dicho árbol y del herido y asiento para el dicho molino…”10
Y en los procesos judiciales sobre los terrenos del puerto de La Guaira hallamos que el Cabildo de Caracas alegó en su favor lo dispuesto en 1594 por el gobernado Diego Osorio en el sentido de que pertenecía a Caracas “…asimismo las tierras que hay desde esta ciudad hasta las tierras de la mar por la parte de arriba…”.11
En ambos casos la parte de arriba tiene el mismo significado dado por el Diccionario de la Real Academia de la Lengua, y no se puede interpretar como si se refiriera a la copa del árbol de la quebrada de Anauco, ni a la cumbre del Ávila que se interpone entre Caracas y La Guaira, como Montes de Oca entre Sinamaica y el Valle de Upar.
Aun en el lenguaje moderno, principalmente en los cronistas y comentaristas deportivos, es frecuente este mismo significado de arriba. Así, en fútbol, cuando un jugador va arriba, no se ha de entender que se encarama a las tribunas o al poste de luz, sino que se adelanta al campo contrario al de su equipo para atacar la portería adversaria. Así, entre miles de ejemplos: "MATHEUS SIEMPRE ARRIBA" titulaba el cable de la AP en relación al juego que se proponía realizar Lothar Matheus en el próximo partido de Alemania contra Yugoslavia (El Universal. Caracas: 03-06-90). De la misma manera bajar no quiere decir en fútbol descender al subterráneo, al subsuelo, sino pasar al campo propio a defender su arco.12
Pero el Real Árbitro no se contenta con expresar que la frontera debe ir costeando, o bordeando el lado occidental de los Montes de Oca, sino que, para evitar toda otra interpretación, clarifica aún más el trayecto de la línea señalando: "…debiendo servir de precisos linderos los términos de los referidos montes por el lado del Valle de Upar…".
Nótese que emplea la palabra "precisos" para significar que los linderos están perfectamente determinados, y que éstos están formados por los términos de los Montes de Oca por el lado del valle de Upar. Como quiera que el Valle de Upar, formado por el río Cesar, se halla al oeste de los Montes de Oca, no cabe la menor duda de que los precisos linderos están donde termina el monte y comienza el valle, es decir, en el que comúnmente llamamos piedemonte occidental.
En definitiva, el laudo español reconoció a Venezuela la totalidad de los Montes de Oca en sus dos vertientes, la oriental y la occidental, hasta los términos por el lado del Valle de Upar. 

 EL LAUDO SUIZO Y LA FRONTERA DE LA GUAJIRA Y LOS MONTES DE OCA

Por la Convención de Bogotá del 03-11-1916, fueron sometidas a arbitramento las diferencias en materia de límites entre Venezuela y Colombia. El Consejo Federal Helvético, escogido como árbitro de derecho, no se consideró autorizado por el compromiso arbitral a modificar, como había deseado Venezuela, el fallo dictado por la Corona de España en 1891. Así se comprende por qué, en su sentencia, el árbitro suizo decidió el 24 de marzo de 1922:
“…Por lo tanto cada una de las partes puede proceder a la ocupación definitiva de los territorios limitados por las fronteras naturales que indicó la Corona de España en su laudo del 16 de marzo de 1891, y por las fronteras artificiales fijadas de común acuerdo en 1900 y 1901 por la Comisión mixta colombo-venezolana constituida en virtud del Pacto convención del 30 de diciembre de 1898…”
De esta sentencia firme y definitiva se concluye que, de todos los trabajos realizados por las Comisiones de 1900 y 1901, sólo fueron confirmados los relativos a los sectores artificiales de la frontera, pero no los linderos naturales que hubieren acordado, como es el caso de los hitos de Castilletes, borde de la laguna de Cocinetas, Morro de las Calaveras y Cero Guasasapa (todos al comienzo de la frontera en la Guajira); ni tampoco la línea de las cumbres y divorcio de aguas de los Montes de Oca. Por el contrario, el árbitro suizo ratificó las fronteras naturales señaladas por la Corona de España en 1891, como fueron el Mogote más próximo a Juyachí y los términos de Montes de Oca por el lado del valle de Upar, o sea, el piedemonte occidental. En consecuencia, en los Montes de Oca ratificó a Venezuela la legítima propiedad sobre las dos laderas: la oriental y la occidental, esta última aún hoy ocupada ilegítimamente por Colombia, quien está obligada a devolverla a Venezuela y a resarcirle de los daños a ella causados.
En cuanto a la Guajira, Colombia debe igualmente devolver a Venezuela el territorio situado al este del Mogote de Juyachí, sobre la costa del Mar Caribe, en cuya línea de más baja marea deben comenzar, en sentido contrario, la frontera terrestre y la marítima.
En suma, la Tesis Nacional, fundamentada en la aplicación estricta de los laudos, exige que la frontera comience en uno de los mogotes que se hallan en la costa guajira sobre el Mar Caribe, desde donde se puede trazar la recta (“en derechura”) a los límites entre los actuales departamentos del Cesar y Guajira. Desde aquel punto habría que seguir en línea recta al hito de Matajuna, lindero artificial demarcado en 1900, el cual sí fue ratificado por el laudo suizo en 1922. Seguiría hasta el hito del Alto del Cedro, para después tomar el piedemonte occidental de los Montes de Oca, hasta empalmar con la actual divisoria entre el Cesar y la Guajira.
Como resultado de este análisis histórico-jurídico, la Tesis Nacional exige:
a) que antes de iniciarse cualquier conversación sobre delimitación de áreas marinas y submarinas se termine la demarcación de la frontera terrestre correspondiente a la Sección primera del laudo español, que abarca la Guajira y los Montes de Oca;
b) que Colombia restituya a Venezuela toda la ladera occidental de los Montes de Oca, y en la Guajira hasta el mogote de la costa sobre el Mar Caribe que se determine técnicamente, en cuya línea de la más baja marea deben comenzar al mismo tiempo la frontera terrestre y la marítima;
c) que se mantenga en su integridad de costas y aguas el Golfo de Venezuela como propiedad exclusiva de Venezuela, el cual es, además, Bahía Histórica y Esencial para su existencia y desarrollo como nación.
En respuesta a erradas declaraciones del Presidente Pérez en el sentido de que todos los gobiernos de nuestro país han admitido supuestos derechos de Colombia en el Golfo de Venezuela, conviene recordar que la Tesis Nacional substancialmente coincide con la posición oficial del Gobierno de Venezuela expresada por medio de su plenipotenciario Doctor Gustavo J. Sanabria en 1910-1911. Habiendo advertido los gravísimos errores en que incurrieron los demarcadores de 1900 exigió el cumplimiento estricto del laudo español, es decir, el trazado de la línea que empezando “…en la divisoria del Valle de Upar y que trazada en derechura hacia el mar termina en una serranía y orillas del mar…”, bien en los Castilletes occidentales que figuran hasta en los mapas colombianos, en el Cabo de la Vela, o en sus cercanías sobre el Mar Caribe. Por cierto Colombia convino en ello por voz de su plenipotenciario Doctor Carlos Arturo Torres, quien declaró: “…puesto que se ha sostenido que al determinar el límite de la sección de la Guajira hubo error, y que ese error fue perjudicial a Venezuela, se nombre una comisión que fije la línea fronteriza…”.13
Esta es, en sustancia, la Tesis Nacional, sólo que, en consideración del laudo suizo, posterior a las negociaciones de 1910-1911, debemos aceptar que el sector artificial Matajuna-Alto del Cedro, demarcado en 1900, recibió del Arbitro la sanción definitiva, y por consiguiente, debe ser respetado.
El Tratado de 1941 no confirmó la demarcación de los sectores comprendidos entre Castilletes y Matajuna, de manera que al referirse explícitamente a los trabajos de demarcación que las partes daban por terminados no mencionó los de 1900 sobre la frontera Guajira-Montes de Oca, sino los de 1901, relacionados con puntos muy alejados de la Sección Primera. Más aún, al confirmar “…todos los pactos…”relacionados con la frontera, vino a ratificar los linderos naturales señalados por la Corona de España en 1891 y confirmados por el laudo suizo en 1922, es decir: el Mogote de Juyachí, que las Partes están obligadas a localizar sobre el litoral del mar Caribe, y no en el Golfo, y los términos de los Montes de Oca por el lado del Valle de Upar, o piedemonte occidental. 14
En definitiva, la Tesis Nacional se ve, no debilitada, sino reforzada por el Tratado de Límites de 1941. 


Fuente: http://institutodeestudiosfronterizos1.blogspot.com/2008/04/instituto-de-estudios-fronterizos-tesis.html en Fecha:28-09-12.
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