Eloy Alfaro (1847-1912)
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27
de enero de 2012
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Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte Martes 28
de febrero de 2012
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Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la
Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles
14 de marzo de 2012
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Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte
Lunes 26 de marzo de 2012
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Oscar José Márquez
La Nación venezolana rechaza la propuesta o línea Rosembery
El 29 de julio de 1886 el Representante de Venezuela le acusa recibo
al Conde Rosebery, Secretario de Estado de S.M. en el despacho de
Asuntos Extranjeros sobre el Memorándum de las Bases para una
Negociación 1ª limites, rechazando las pretensiones inglesas a partir
del río Guaima, señalándole que la Constitución de la Republica de
Venezuela declara que los límites de la Republica:
“…son los mismos que correspondían a la Capitanía General
de Venezuela en 1810; y en otro de sus artículos prohíbe toda
enajenación de territorio. La combinación de ambas disposiciones coloca
al Gobierno en la imposibilidad de entrar en avenimientos en materia de límites, abrigando la convicción de que en 1810 la Capitanía General,
en cuyos derechos ha sucedido la Republica, tenía por frontera el
Esequibo. Por esto no cabe otro medio de solución que el arbitramiento,
del cual resultará que la propiedad corresponda al que tenga mejor
derecho. Excluir pues del arbitraje, el asunto en que más conviene, y
que para Venezuela es forzoso, aleja la esperanza de llegar a su
término…”.Acompañaba esta nota un memorándum extenso que fijaba la
posición de gobierno venezolano al respecto.
El Apócrifo mapa de Stanford
Pero esta lamentable patraña sobre la adulteración
de los mapas quedaría evidenciada una vez más, en la propia
documentación del Foreign Office según los archivos del Public Record
Office (Londres). F. O. 80/30. Del 05 de agosto del citado año de
1886 en el que el Sr. E. Hertslet, en un nuevo memorándum procede a
señalar lo siguiente:
“…. ¿son insuperables las objeciones del Gobierno de su Majestad con respecto a un arbitraje de la cuestión fronteriza?
Yo diría que nosotros no podemos presentar el caso a
arbitraje ni siquiera con pequeñas esperanzas de éxito, dadas las
contradictorias líneas que hemos reclamado, presentadas en los mapas
públicos ingleses. Además, el mapa publicado por el Sr. Stanford bajo
los auspicios del Ministerio de
Colonias con todos los signos de aprobación oficial, tenía una frontera
aproximadamente igual a del mapa presentado al Parlamento en 1840, y por
tanto comprendía un territorio considerablemente menor del que
reclamamos en 1880 o en 1883; además esto, ha de considerarse que “el
argumento basado en razones de estricto derecho no tiene salida
alguna…”.
Como diríamos en un lenguaje coloquial “más claro no canta un gallo”, la Gran Bretaña, indudablemente no estaba en condiciones históricas, jurídicas o sociales de acudir a ningún tipo de arbitraje.
Porque no le asistían la razón histórica ya que
los españoles siempre habían desalojado a los holandeses y destruido
las pequeñas factorías y conminado a no asentarse o establecerse a la
margen izquierda del rio Esequibo o sea al oeste de este río.
Ni jurídicas porque España primero por el Tratado o
Periodo de Tregua 1609-1621, y segundo por el tratado de Muster o de
Westfalia 1648, solo les reconoció a los Países Bajos las posesiones
hasta entonces ocupadas por ellos. Que solo llegaban hasta el río
Esequibo, estaba claro que este último Tratado Muster o de Westfalia,
era el instrumento jurídico que regulaba las relaciones entre España y
Holanda hasta donde llegaba su posesión independientemente que no
existiese un “tratado de límites” como tal, en virtud que el concepto
de limites como lo conocemos hoy solo aparecerá con la formación de
los Estados Nacionales a partir de finales del siglo XVIII.
Menos aun por razones sociales y antropológicas,
porque mientras las diferentes constituciones de la Republica de
Venezuela desde 1811, consideraba a los indígenas o amerindios como
ciudadanos ante el sistema inglés los indígenas o amerindios no lo eran.
Además los ingleses procedieron a traer en primer lugar chinos
y portugueses después hindús o indios de la india creando una colonia
completamente artificial, sin desarrollo propio a lo interno y sin
tomar en cuenta a sus pueblos originarios creando con ello la separación
y recelo étnico entre los amerindios, afro descendiente, hindú, chinos y portugueses
Por lo que simple y llanamente el Reino Unido de
Gran Bretaña, la Inglaterra victoriana, el imperio inglés o la pérfida
Albión. Se aprovechaba de la Nación Venezolana por la situación
externa debido a los altos intereses de la deuda externa debido a su
pago y, e internamente debido a los constantes alzamientos,
pronunciamientos, golpes de estado, guerras civiles entre 1866 y 1886.
Con la consecuente desarticulación y debilidad
del país, por lo que Reino Unido de Gran Bretaña extremo al máximo
sus pretensiones, sin reparar en sus propias argumentaciones.
1896 Mapa de Venezuela
y de una Parte de la Guyana Británica demostrativo del avance de las
pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado
por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del
Esequibo
Ante cada nueva usurpación se destruía la aparente
legitimidad de las anteriores, de forma tal que por su propia confesión
tácita del Foreign Office y Colonial Office, les bastaría demostrar lo
absurdo de su última línea trazada, aniquilando toda su tesis
anterior.
Lamentablemente para Venezuela este argumento no fue
utilizado por los magistrados, abogados y jueces que representaron a
la Nación ante el Tribunal Arbitral de París en 1899.
Descripción del Apócrifo mapa de Stanford por James J. Starrow
El papel James Johnson Starrow, es un tanto
oscura, complicada y ambigua en el proceso del conflicto anglo
venezolano, colaboro con la Comisión nombrada por el Congreso
estadounidense solicitada por el Presidente Groover Cleveland, para
definir la verdadera línea limítrofe entre Venezuela y la Guayana
Británica.
Amigo del Secretario de Estado Richard Olney, fue propuesto por este para remplazar a William Lindsay Sacruggs, al servicio de Venezuela; preparo el primer Sumario o Brief del Caso de Venezuela sobre sus derechos fronterizos; participo en la negociación de las Bases del Tratado Arbitral a firmase en Washington
en 1897; viajo a Venezuela a fin de convencer y forzar la aceptación
por el Gobierno venezolano de las referidas Bases del Tratado Arbitral,
y fallece en Washington a su regreso.
Este personaje es poco estudiado por la
historiografía venezolana. Pero es necesario en nuestro análisis
adelantaremos unos años en referencia al testimonio sobre la
descripción que James Johnson Starrow, hace del mapa de Stanford, en
mayo de 1896, al cual se refiere E. Hertslet el 05 de agosto de 1886
según Public Record Office (Londres). F. O. 80/30. O sea diez años más
tarde quien seguramente mantenía sus reservas frente a Venezuela, a
favor de Inglaterra.
Como podemos apreciar a pesar de que el memorándum
del 05 de agosto de 1886 del Sr. E. Hertslet, permaneció oculto en los
archivos ingleses del Foreign Office, Public Record Office (Londres).
F. O. 80/30. Hasta la década de los años 1950-1960, los
estadounidenses ya habían determinado la adulteración y falsificación
del mapa publicado en 1875.
Según James J. Starrow en, 1896 le dirige una
comunicación a Mallet Prevost el 15 de Mayo a la sazón Secretario de
la comisión señalándole que el mapa de Stanford de 1875 tiene la
frontera, de acuerdo con la línea original de Schomburgk. “…Como una
línea aproximadamente recta desde el Barima hasta Roraima…”
Pero “…la frontera ha sido alterada, varias marcas
de sellos muestran que fue impreso de la misma piedra o fotolito de
ésta, pero los siguientes cambios o alteraciones…:
“…El párrafo referente a la tregua de 1850 ha sido
completamente borrado. La frontera del Barima al Cuyuní es la misma.
Pero desde el Cuyuní al Roraima ha sido cambiada y dobla alrededor de la
Gran curva del Cuyuní como en el mapa Hebert…”
“…Stanford mantuvo la fecha antigua 1875 sobre el
mapa cambiado y no hizo nota alguna sobre dicho cambio; de manera que la
curva del Cuyuní se presenta como la frontera publicada en 1875. Esto
constituye una alteración de referencias cartográficas…”
La nota del mapa Stanford con respecto a sus
fuentes es una interpolación: no fue colocada ahí cuando el mapa se
elaboró, puesto que 1) Shomburgk no era Sir sino hasta algunos años
después; 2) él nunca hizo la agrimensura de la gran curva del Cuyuní,
nunca ingresó a esta región hasta que transitó a una porción de ella en
diciembre de 1842 y Enero de 1843. El Sr. Markham dice en una de sus
cartas que la nota fue añadida cuando el fotolito se elaboró en 1887;
cuando el mapa tenía 45 años, Schomburgk tenía 20 años de fallecido.
“…Mi creencia es que el mapa de Hebert tal cual
elaborado en 1842 llevaba la línea desde el Barima hasta la confluencia
del Acarabisi y el Cuyuní y, o terminaba ahí o iba derecha hasta el
Roraima-probablemente lo anterior. Luego, quizás cuando Aberdeen o
Granville propusieron tomarse para sí hasta la gran curva del Cuyuní,
esa línea rosada fue añadida, y en 1887 fue copiado puesto que nadie
conocía de la alteración. O bien puede suponer que fue añadida en 1886…”
La toma ipso facto de la posesión de los territorios al oeste del río Esequibo en octubre de 1886
El General Antonio Guzmán Blanco, al
ser elegido por el Consejo Federal de Gobierno presidente para el
periodo presidencial de 1886-1888, procede a regresar a Venezuela el 27
de agosto del referido año de 1886, encargándose del ejecutivo a partir
del 15 de septiembre. Por lo que su política exterior se verá marcada
con la Gran Bretaña por el Gabinete del conservador Lord Salusbury,
partidario de la política de esplendido aislamiento,
basado en la política del aprovechamiento de las contradicciones entre
las potencias coloniales para resolver a su favor los problemas
coloniales.
A mediados de octubre de 1886 Antonio Guzmán
Blanco, recure a los Estados Unidos en su reclamación con la Gran
Bretaña y le expresa que: “…la más poderosa y antigua Republica del
Nuevo Continente está llamada a prestar ayuda o otras Republicas en sus
disputa con las naciones europeas…”.
Por su parte en La Gaceta de Londres
se pública el 22 de octubre del referido año 1886 un aviso por
instrucciones del Colonial Office, señalando que los límites entre la
Guayana Británica y la Republica de Venezuela están en disputa por ambos
Gobiernos. Y ante el posible otorgamiento de concesiones en el área
reclamada por Su Majestad, como parte de la Guayana Británica, no
serán admitidas ni reconocidas estas por ella. Y cualquier persona que
tome posesión de dichos terrenos será tratado como un infractor a las
leyes de dicha colonia. Indicando el aviso a su vez que: “…un mapa, que
señala los límites entre la Guayana Británica y Venezuela reclamados
por el Gobierno de Su Majestad, puede verse en la Biblioteca de la
Oficina Colonial, Dowing Street, o en la oficina de la Secretaria de
Gobierno, en Georgetown, Guayana Británica…”.
Con este aviso y la publicación del referido mapa
en la práctica, y de hecho el Gobierno Inglés a través del Foreign
Office, el Colonial Office y la colonia de la Guayana Inglesa pasaban a
tomar posesión ipso facto, unilateralmente de los territorios al
oeste del rio Esequibo. En perjuicio de la Nación venezolana. Ya no
había vuelta atrás el objetivo estaba trazado y definida su política
despojar a Venezuela de más de 159.000 km2, de territorios había que
exigir el máximo para poder llegar a un arreglo ya que no les
asistía la razón solo la fuerza imperial y el lenguaje de sus
cañones. ¿Dónde quedaba la Doctrina Monroe y la solidaridad
hispanoamericana o latinoamericana?
A principios de diciembre de 1886, e General Antonio
Guzmán Blanco procede por intermedio de del General Rafael Aizpurúa, a
través del istmo de Panamá a enviarle un mensaje al General Eloy
Alfaro, en torno a la misión a que estaban llamadas a realizar las
republicas que libertara Simón Bolívar
Para el último trimestre de 1886 ya se habían
cumplido el ultimátum y las agresiones en contra de la Nación
venezolana la escalada iba en aumento por lo que el Ministro de
Relaciones Exteriores Diego B. Urbaneja le solicita al Sr. R. Saint
John, Ministro Residente de S.M.B en Caracas “…los informes y
antecedentes que conozca sobre ocurrencias tan inauditas y casi
increíbles…” sobre los abusos y las usurpaciones inglesas en la Guayana.
Ante estos hechos de violación del territorio
nacional se procede a nombrar a los señores Jesús Muñoz Tebar y
Santiago Rodríguez Comisionados a fin de esclarecer los hechos y dejar
por sentados los derechos de Venezuela en esa región ante los
funcionarios ingleses designados por el Magistrado Michael Mc Turk,
el último de ellos el 06 de septiembre de 1886, quienes se trasladan al
lugar de los hechos y les señalan que: “…el territorio entre los ríos
Amacuro y Guaima es venezolano y jamás se le ha considerado en disputa
con Inglaterra y por consiguiente tal acto de nombrar en estos lugares
Agentes oficiales de la Colonia Inglesa, es una manifiesta usurpación
contra la cual protestamos a nombre del gobierno…” .
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago
Rodríguez, luego de interrogar a los ribereños del Amacuro pasan al río
Barima donde rectifican una serie de medidas para pasar al río Aruca,
donde confirman otro nombramiento arbitrario de las autoridades de la
Colonia del Demerara (la Guayana Inglesa), de este zona ´pasan al año
Morajuana donde pernotan, para posteriormente entrar al río Guaima hasta
llegar Curital, donde consiguen dos conucos trabajado por ciudadanos
venezolanos.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago
Rodríguez, al continuar su viaje pasan frente al caño Paramán, que va al
río Moroco, determinando lo que desde siempre se ha sabido que el
comercio entre el Demerara (río Esequibo en la Guayana Inglesa), se hace
a través del referido río. Los comisionados al continuar por el rio
Guima llegan frente al Caserío Cuabana, compuesto en su totalidad por
indios Guaicas, unos ochenta habitantes en diez bohíos o ranchos regidos
por un misionero protestante ingles que había levantado un caney que
servía de capilla y escuela a su vez lo que demuestra la usurpación
inglesa a través de la iglesia anglicana.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago
Rodríguez, determinaron para finales del mes de diciembre del citado año
de 1886, que solo entre el Moroco y Punta Barima existían tres
comisarios nombrados in situ por el Magistrado Michael Mc Turk, y un
misionero.
Como pretendía la gran Bretaña imponer de esta
manera línea Rosembery, con tres comisarios nombrados uno el 01 de
marzo de 1885, otro el 06 de septiembre de 1886, un misionero. Por lo
que los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago Rodríguez, les
hicieron saber públicamente que esas comarcas pertenecen a Venezuela y
no a Su Majestad Británica, protestando a su vez contra todos los actos
de autoridad ejercidos por el Gobierno de la vecina Colonia inglesa por
ser una manifiesta violación al territorio y una usurpación.
Los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago
Rodríguez, luego de restituir a las autoridades venezolanas en Guaima,
Aruca, Morajuana, Barima y de estudiar en este punto el sitio donde
debía de construirse un faro partieron para Georgetown a donde arribaron
el 01 de enero de 1887 procediendo a dirigirse al cónsul venezolano en
el Demerara (la Guayana Inglesa).
Pero resulta que el Cónsul Manuel L. Andrade, no
había recibido aún el exequátur de su nombramiento. Por lo que los
comisionados debieron esperar fondeados que se reconociese su
nombramiento provisionalmente como Cónsul, y pudiese trasmitir la nota
de protesta de la Comisión.
Por otra parte el Ministro venezolano residente en los EE.UU
procede a informarle al Secretario de Estado Byard, el 04 de enero que
el Gobierno de Venezuela ha tratado de de convenir con Londres un
arbitraje como lo sugirió EE.UU,
sin que embargo la conducta británica ha sido la de avanzar en sus
conquistas y consolidaciones territoriales en contra de la Nación
venezolana.
Map of British Guiana Showing Schomburgk Boundary Gold Centres
Los Distritos mineros la motivación de la usurpación 1885 -1886
Solo a hasta el 08 de enero que el Cónsul Manuel L.
Andrade, puede darles a los comisionados Jesús Muñoz Tebar y Santiago
Rodríguez, una repuesta de la protesta formal ante la colonia
señalándoles de su gestión:
“…poco o nada, señores, podre añadir
a lo que ustedes ya saben oficialmente. Lo único que debo hacer notar
es la manera como este asunto de limites ha sido resuelto por el
Gobierno de la Gran Bretaña. Hoy en día ya se hallan constituidas autoridades en los puntos más importantes del territorio usurpado, especialmente en el Distrito de las minas, situado entre los ríos Cuyuní, Esequibo, Mazaruni y Puruni, en donde se halla actualmente una población minera de tres a cuatro mil hombres…”
“…según el último estado de la aduana, en el año que
termino se exportaron por esta aduana unas 6,518 onzas contra 936 el
año anterior. Todo esto es oro de de greda. Con esta les remito a
ustedes diferentes periódicos, especialmente los oficiales de los
últimos meses, en que verán ustedes noticias relativas a este asunto de
minas y limites…” estaba clara la motivación de la usurpación de los
territorios al oeste del rio Esequibo.
La Misión de Marcos A. Alfaro e Caracas
Continuara…
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo
venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V.
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Entrada del Miercoles de Marzo de 2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:
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Venezuela MRE. Historia Oficial de la Discusión entre Venezuela y la Gran Bretaña sobre sus Límites en la Guayana.Nueva
York Louis Weiss $ C.O., Impresores 116 Fulton Street. Reimpresa en la
Colección Fronteras No 6 Caracas Editorial Arte 1980. 354 Págs.
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