viernes, 11 de abril de 2014

Conferencia "Centenario del vuelo de Cecil Peoli sobre El Ávila, y del primer correo aéreo en Venezuela"


La directiva del museo del transporte Guillermo Jose Schael le invita muy cordialmente a la Conferencia
"Centenario del vuelo de Cecil Peoli sobre El Ávila, y del primer correo aéreo en Venezuela" a cargo del Ing. Alejandro Irausquin.
A desarrollarse en el Hangar del Museo del transporte el domingo 13 de abril 2014, a las 11am.

Alejandro Irausquin: Ingeniero Aeronáutico Disertará sobre los 100 años de la presencia en Caracas de Cecil Peoli y su vuelo entre Caracas y el pueblo de Maiquetía, superando en avión la barrera montañosa del Ávila llevando cinco cartas por lo que efectúa el primer envío postal aéreo en Venezuela.
Extraido de: http://museodeltransportecaracas.blogspot.com/ en  fecha:11-04-2014.

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 Este evento es gratuito.

Las Corbetas que protegieron Los Monjes


La segunda dotación moderna para la Marina de Guerra de Venezuela –así se denominaba- fueron varias corbetas adquiridas en Canadá, negociadas durante el gobierno del presidente Medina Angarita pero que llegaron a puertos venezolanos luego del 18 de octubre.

Esta segunda camada amplió el margen de defensa marítima con que contábamos luego de la incorporación en 1938 de los cañoneros clase Ostia Urdaneta ySoublette, pertenecientes a la marina italiana pero que con buen sentido las adquiere Venezuela cuando gobernaba el general López Contreras, preocupado como venían las altas autoridades de guerra y marina por el bajo nivel de confiabilidad en las capacidades de la vieja flota de nuestra marina de guerra.  

López contó con el respaldo en el mundo de los civiles con el canciller Carracciolo Parra Pérez y las diligencias que adelantó en Roma el capitán de navío Felipe Larrazábal y la embajada de Venezuela ante el gobierno de Italia encabezado por Benito Mussolini.
Al finalizar la II Guerra Mundial, las corbetas canadienses tipo Flower –denominadas por Venezuela Clase Victoria-, servidoras como buques de escolta al tránsito Atlántico de los transportes de pertrechos y tropas entre América y Europa, quedaron como remantes de guerra en condiciones aceptables,  disponibles a terceros interesados como parte de los programas de fortalecimiento de las fuerzas armadas de los países aliados.
El sistema adquirido consistía de siete Corbetas tipo Flower, construidas en astilleros canadienses, las cuales una vez adquiridas por Venezuela al concluir la II Guerra Mundial, recibieron los siguientes nombres: la Hmcs Kamsack pasó a ser ARV Carabobo (Ca); Hmcs Wetaskiwin: ARV Victoria (Vi);  Hmcs Dunvegan: ARV Independencia (In); Hmcs Battleford: ARV Libertad (Li); Hmcs Amherst: ARV Federación (Fe); Hmcs Algoma: ARV Constitución (Co); Hmcs Oakville ARV Patria (Pa).
En julio de 1946, fueron organizadas de la siguiente forma: Primera División de Corbetas: Victoria y Patria. Segunda División de Corbetas: Independencia, Libertad. Tercera División de Corbetas: Federación y. Constitución.

La Carabobo no se incorporó a la Armada nacional, motivado a que encalló antes de venir al país, en la Península de Gaspe, Canadá. Destrozó el casco.
Otra de las corbetas –Independencia- tuvo, en el mismo río San Lorenzo, inconvenientes que por poco la averían pero prosiguió remolcada hasta Nueva York, en donde la repararon para continuar la navegación rumbo a La Guaira,

Algunas de las seis naves restantes llegaron a La Guaira con ciertas fallas aunque en territorio de los Estados Unidos habían sido acondicionadas para mejorar el estado en que fueron recibidas en Canadá. 

Los cañones habría sido sellados antes de la entrega a Venezuela, según ha atestiguado uno de los oficiales venezolanos que ha ofrecido su testimonio acerca de estas unidades recibidas en el país por los integrantes de la Junta Revolucionaria de Gobierno presidida por Rómulo Betancourt. 

La compra fue ultimada en los meses finales del gobierno del general Isaías Medina Angarita, derrocado por un golpe de Estado el 18 de octubre de 1945
El 27 de mayo de 1950, las corbetas Victoria y Constitución junto con el FNV Capana, zarparon de La Guaira para realizar el crucero de instrucción anual de la Escuela Naval de Venezuela, visitando Puerto La Cruz, Puerto España (Trinidad), Isla de Aves, San Juan de Puerto Rico, Ciudad Trujillo (Santo Domingo, República Dominicana), Puerto Príncipe (Haití) y Colón (Panamá), regresando a La Guaira, el 30 de junio de ese año, luego de recorrer 3.272 millas náuticas.
El año 1953, la Corbeta Federación dejó de depender del Comando de las fuerzas flotantes y fue adscrita al Centro de Entrenamiento Naval para desempeñar funciones de buque escuela para alumnos de la escuela de suboficiales y grumetes. La corbeta Independencia pasó a situación de reserva, con una dotación reducida para su custodia y conservación. Las corbetas restantes: VictoriaConstitución y Patria, fueron organizadas en una sola unidad de buques de una misma clase, que se denomino División de Corbetas.
En septiembre dc 1952, un Grupo de Tarea Naval integrado por las Corbetas: VictoriaConstituciónFederación Y Patria, apoyado por aviones de la FAV del tipo Vampiro, B-25, P-47 y T-11, expulsaron de las aguas territoriales venezolanas a incursores de la Armada Colombiana, que agredieron en las aguas interiores de Los Monjes, algunos de los islotes del Norte con disparos de artillería y requisaron productos del mar y víveres a pesqueros venezolanos. 

Aquel despliegue ofensivo fue un importante factor disuasivo para que Venezuela obtuviera el 22 de noviembre de 1952, un documento oficial del gobierno de Colombia, donde se reconoce la plena soberanía venezolana sobre el Archipiélago de Los Monjes.
Características: Desplazamiento: 1.060 tons. 1350 tons. (full load). Eslora total: 205 pies. Manga: 33 pies. Puntal: 14 pies. Tipo de propulsión: Dos (2) Máquinas de triple expansión (2.750 H.P.) Número de calderas: Dos (2) tipo Scotch. Velocidad de Crucero: 17 nudos. Tripulación: 70 hombres. Armamento: Un (1) cañón de proa 102/35 Ansaldo Schneider Mod.1914 ó 76/40 del tipo Armstrong Mod. 1917.* Un (1) cañón de popa 3/23 (76,2 m.m.) Mark XIV, Mod. 2.** Dos (2) ametralladoras A. A. Oerlikon de 20 mm.**

*(Armamento original italiano de los cañoneros General Urdaneta y General Soublette).
**(Armamento de la repotenciación realizada en Galveston, E.E.U.U. a los cañoneros General Urdaneta General Soublette en 1943).
NOTA: Información general sobre las corbetas extraída del libro Buques de la Armada Venezolana 1901 – 1950 escrito por el CN Tomás Mariño Blanco. La información específica sobre el armamento de las corbetas fue desarrollada por las investigaciones de Ramón Rivero-Blanco.

Corbeta Federacion, 1952.















Recepcion de las corbetas. EL MAy Marcos Perez Jimenez y el TN Marco Tulio Montero, noviembre del 46. extraido de:http://museodeltransportecaracas.blogspot.com/2012_12_02_archive.html en  fecha:11-04-2014.
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lunes, 7 de abril de 2014

El Territorio Federal Yuruari

El Mocho Hernández, Lider del  Yuruary




16 de abril de 1891. Los habitantes del estado Bolívar ni los de la propia región yuruarense estuvieron jamás de acuerdo con la separación político-territorial de la Región aurífera del Yuruari del Estado Bolívar y ello dio lugar a todo un movimiento que lideró la llamada Sociedad Liberal Democrática del Yuruari al frente de la cual estaban el general José Manuel (El Mocho) Hernández, Miguel Parra Hernáiz y Ricardo Juliá García. 
            Esta Sociedad postulaba con ese fin la candidatura del Dr. Juan Pablo Rojas Paúl para Presidente de la República como sucesor de Guzmán Blanco. Rojas Paúl, al llegar al Poder auspició una reforma constitucional para aumentar a 4 años el período presidencial, eliminar el Consejo Federal y los Territorios Federales, restablecer la Vicepresidencia y el sufragio universal y secreto. Más las Disposiciones Transitorias dejaban la posibilidad de su reelección, lo cual fue rechazado por la prensa obligando a diferir la reforma.
            Tocó a su sucesor el doctor Raimundo Andueza Palacio promulgar la reforma el 16 de abril de 1891, pero esa reforma no contempló la eliminación de los Territorios Federales; en cambio legalizaba su continuación en el Poder. La reacción de los bolivarenses como del pueblo yuruarense no se hizo esperar, por lo que el Congreso de la República dictó una Resolución el 31 de julio de 1891 reintegrando el Territorio al Estado Bolívar.
El Territorio Federal Yuruari había sido creado el 3 de septiembre de 1881 por decreto del Presidente de la República, general Antonio Guzmán Blanco; a objeto de que el Ejecutivo Federal pudiese tener un control directo sobre las fronteras con la Guayana Inglesa y sobre la explotación de los yacimientos auríferos de la Cuenca del río Cuyuní que nace en la Sierra de Lema y tras recorrido de 280 kilómetros por tierra venezolanas se interna en el Esequibo.
Extraido de: http://cronologiadelestadobolivar.blogspot.com/2013/03/el-territorio-federal-yuruari.html en  fecha:07/04/2014.
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martes, 1 de abril de 2014

La problemática fronteriza no resuelta entre Venezuela y Guyana


En la región fronteriza entre Venezuela y Guyana, los problemas de la delimitación marítima están estrechamente vinculados con los reclamos de Venezuela sobre la parte occidental de Guyana. Estos reclamos se basan en que la Gran Bretaña, cuando recibió la Guyana de los Países Bajos (1814), inició una expansión de su colonización hacia la región al occidente del río Essequibo, contra la cual Venezuela protestó de inmediato. Encargado por el gobierno británico el geógrafo alemán Robert Schomburgk inició en 1834 el levantamiento cartográfico y la fijación de la frontera occidental de la Guyana Británica, que se publicó en 1841 en Londres.

Después de repetidas protestas por parte de Venezuela, se presentó finalmente un fallo en 1899 (con la participación de los Estados Unidos, Rusia y la Gran Bretaña, pero no de Venezuela), que fijó la frontera tal como está en la actualidad, es decir desfavoreciendo a Venezuela. Esta sí aceptó el fallo, aunque bajo presión de los Estados Unidos, pero lo declaró como no válido cuando, después de los cincuenta años de reserva, tuvo la oportunidad de conocer las actas de las negociaciones de entonces.

En un acuerdo trilateral entre Venezuela, Gran Bretaña y Guyana del año 1966, inmediatamente antes de la independencia de Guyana, se reconocieron en principio los reclamos de Venezuela y los participantes se obligaron a un arreglo pacífico del caso. Repetidos intentos en este sentido fracasaron. La figura 5 muestra que la imposición del reclamo territorial de Venezuela acabaría prácticamente con la existencia de Guyana.

En las ampliaciones de las zonas de derecho del mar después de 1968, Venezuela se basó en su reclamo sobre el territorio al occidente del Essequibo. Cuando en 1968 Venezuela expandió su mar territorial a 12 millas marinas, declaró la extensión de éste hasta la desembocadura del río Essequibo.

La línea base delante de la desembocadura del río Orinoco, la cual fue declarada el mismo año por medio de un decreto del presidente Leoni, y desde la cual deberían iniciarse todas las zonas de derecho del mar venezolanas, se extiende de igual manera hasta adentro del territorio guyanés. Sin embargo, esta «Recta Leoni» (véase figura 5) es dudosa según los estándares del derecho internacional, debido a que no considera las normas para el cierre de bahías y su punto fijo oriental no se encuentra sobre tierra firme. En 1988 Venezuela realizó formalmente reclamos sobre la plataforma continental hasta una profundidad de 200 metros, sin considerar tampoco la frontera occidental de Guyana.




Este caso ofrece una variante de la delimitación marítima lateral entre países vecinos. Ella está determinada por los reclamos masivos territoriales de Venezuela, los cuales tienen efectos, según la coyuntura política interna y la situación y el estilo de las relaciones políticas vecinales. La solución de los problemas del derecho del mar no se vuelven menos importantes por esto, pero depende del conflicto fronterizo sobre la tierra firme.

Extraido de:  http://www.banrepcultural.org/node/19494 en  fecha:01-04-2014.
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lunes, 31 de marzo de 2014

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V. Parte

 
Eloy Alfaro (1847-1912)

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento I. Parte viernes 27 de enero de 2012
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2012/01/eloy-alfaro-y-el-conflicto-anglo.html
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento II. Parte Martes 28 de febrero de 2012
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2012/02/eloy-alfaro-y-el-conflicto-anglo.html

Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento III. Parte miércoles 14 de marzo de 2012
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2012/03/eloy-alfaro-y-el-conflicto-anglo.html
Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento IV. Parte
Lunes 26 de marzo de 2012
http://laguayanaesequiba.blogspot.com/2012/03/eloy-alfaro-y-el-conf...

 

Oscar José Márquez

La Nación venezolana rechaza la propuesta o línea Rosembery
El 29 de julio de 1886 el Representante de Venezuela le acusa recibo al Conde  Rosebery, Secretario de Estado de S.M. en el despacho de Asuntos Extranjeros  sobre el Memorándum    de  las Bases para una Negociación 1ª  limites, rechazando las pretensiones inglesas  a partir del río Guaima,  señalándole que la Constitución de la Republica de Venezuela declara que los límites de la Republica:

 “…son los mismos que correspondían a la Capitanía General de Venezuela en 1810; y en otro de sus artículos prohíbe toda enajenación de territorio. La combinación de ambas disposiciones coloca al Gobierno en la imposibilidad de entrar en avenimientos en materia de límites, abrigando la convicción de que en 1810 la Capitanía General, en cuyos derechos ha sucedido la Republica, tenía por frontera el Esequibo. Por esto no cabe otro medio de solución que el arbitramiento, del cual resultará que la propiedad corresponda al que tenga mejor derecho. Excluir pues del arbitraje, el asunto en que más conviene, y que para Venezuela es forzoso, aleja la esperanza de llegar a su  término…”.Acompañaba esta  nota un memorándum extenso que fijaba la posición de gobierno venezolano al respecto.

El Apócrifo mapa  de Stanford
Pero esta lamentable patraña sobre la adulteración de los mapas quedaría evidenciada una vez más,  en la propia documentación  del Foreign Office según los archivos del Public Record Office (Londres). F. O. 80/30.   Del 05 de agosto del citado año de 1886 en el que el  Sr. E. Hertslet,   en un nuevo memorándum procede a señalar  lo siguiente:
“…. ¿son insuperables las objeciones del Gobierno de su Majestad con respecto a un arbitraje de la cuestión fronteriza?
Yo diría que nosotros no podemos presentar el caso a arbitraje ni siquiera con pequeñas esperanzas de éxito, dadas las contradictorias líneas que hemos reclamado, presentadas en los mapas públicos ingleses. Además, el mapa publicado por el Sr. Stanford bajo los auspicios del Ministerio de Colonias con todos los signos de aprobación oficial, tenía una frontera aproximadamente igual a del mapa presentado al Parlamento en 1840, y por tanto comprendía un territorio considerablemente menor del que reclamamos en 1880 o en 1883; además esto, ha de considerarse que “el argumento basado en razones de estricto derecho no tiene salida alguna…”.

Como diríamos en un lenguaje coloquial “más claro no canta un gallo”, la Gran Bretaña, indudablemente no estaba en condiciones históricas, jurídicas o sociales de acudir a ningún tipo de arbitraje.

 Porque no le asistían la  razón histórica ya que los españoles siempre  habían desalojado a los holandeses y destruido las pequeñas factorías y conminado  a no asentarse o establecerse  a la margen izquierda del rio Esequibo o sea al oeste de este río.

Ni jurídicas porque España  primero por el Tratado o Periodo de Tregua 1609-1621,  y segundo por el tratado de Muster o de Westfalia 1648, solo les  reconoció a los Países Bajos las posesiones hasta entonces ocupadas por ellos.  Que solo  llegaban hasta el río Esequibo, estaba  claro que este último Tratado Muster o de Westfalia,  era el instrumento  jurídico que regulaba las relaciones entre España y Holanda hasta  donde llegaba su posesión independientemente que no existiese un    “tratado de límites” como tal, en virtud que el concepto de limites como lo conocemos hoy   solo aparecerá  con la formación de los Estados Nacionales  a partir de finales del  siglo XVIII.

Menos aun por razones sociales y antropológicas,  porque mientras las diferentes constituciones de la Republica de Venezuela desde 1811, consideraba a los indígenas o amerindios  como ciudadanos ante el sistema inglés los indígenas o amerindios no lo eran. Además los ingleses procedieron a traer en primer lugar  chinos y portugueses  después  hindús o indios de la india creando una colonia completamente artificial, sin desarrollo propio a lo interno y sin tomar en cuenta a sus pueblos originarios creando con ello la separación y recelo  étnico  entre los amerindios, afro descendiente, hindú,  chinos y portugueses

Por lo que simple y llanamente  el Reino Unido de  Gran Bretaña, la Inglaterra victoriana,  el imperio inglés o la pérfida  Albión.   Se aprovechaba de  la Nación Venezolana por la situación externa  debido a los  altos intereses de  la deuda externa debido a su pago  y,  e internamente   debido a los  constantes  alzamientos, pronunciamientos,  golpes de estado, guerras civiles  entre 1866 y 1886.    Con la  consecuente desarticulación y  debilidad   del país,  por lo que  Reino Unido de  Gran Bretaña  extremo al máximo sus pretensiones, sin reparar en sus  propias argumentaciones.
 1896 Mapa de Venezuela y de una Parte de la Guyana Británica demostrativo del avance de las pretensiones inglesas en el territorio venezolano compilado y dibujado por T.H. Heyward Gignilliat reproducido en la obra La Venezolanidad del Esequibo
 Ante cada nueva usurpación se destruía la aparente legitimidad de las anteriores,  de forma tal que por su propia confesión tácita del Foreign Office y Colonial Office, les bastaría demostrar lo absurdo de su  última línea trazada,  aniquilando toda su tesis anterior.

Lamentablemente para Venezuela este argumento no fue utilizado por los magistrados, abogados y jueces  que representaron a la Nación ante el Tribunal Arbitral de París en 1899.


Mapa de Stanford de 1875 tomado de: 

Descripción del Apócrifo mapa  de Stanford por James J. Starrow

El papel James Johnson  Starrow,   es un tanto oscura,  complicada y ambigua   en el proceso del conflicto anglo venezolano, colaboro con la Comisión nombrada por el Congreso estadounidense solicitada por el Presidente Groover Cleveland,  para definir la  verdadera línea limítrofe entre Venezuela y la Guayana Británica.

Amigo del Secretario  de Estado Richard Olney,  fue propuesto por este para remplazar a William Lindsay Sacruggs, al servicio de Venezuela; preparo el primer Sumario o Brief  del Caso de Venezuela sobre sus derechos fronterizos; participo en la negociación de las Bases del Tratado Arbitral a firmase en Washington en 1897; viajo a Venezuela a fin de convencer y forzar la aceptación por el Gobierno venezolano de las  referidas Bases del Tratado Arbitral, y fallece en Washington  a su regreso. 

Este personaje es poco estudiado por la historiografía venezolana. Pero  es necesario en  nuestro análisis  adelantaremos unos años en referencia  al testimonio  sobre la descripción que James Johnson  Starrow,  hace del mapa de Stanford, en mayo de  1896, al cual se  refiere E. Hertslet el 05 de agosto de 1886 según Public Record Office (Londres). F. O. 80/30.  O sea diez años más tarde quien seguramente  mantenía sus reservas frente a Venezuela, a favor de Inglaterra. 

Como podemos apreciar a pesar de que el  memorándum del 05 de agosto de 1886  del  Sr. E. Hertslet, permaneció oculto en los archivos ingleses del Foreign Office, Public Record Office (Londres). F. O. 80/30.   Hasta la década de los años 1950-1960, los estadounidenses  ya habían determinado la adulteración y  falsificación del mapa publicado en 1875. 

Según James J. Starrow en, 1896      le dirige una comunicación a Mallet Prevost el 15 de  Mayo  a la sazón Secretario de la comisión señalándole que  el mapa de Stanford de 1875 tiene  la frontera, de acuerdo con la línea original de Schomburgk. “…Como una línea aproximadamente recta desde el Barima hasta Roraima…”
 Pero “…la frontera ha sido alterada,  varias marcas de sellos muestran que  fue impreso de la misma piedra o fotolito de ésta, pero los siguientes cambios  o alteraciones…:
“…El párrafo referente a la tregua de 1850 ha sido completamente borrado. La frontera del Barima al Cuyuní es la misma. Pero desde el Cuyuní al Roraima ha sido cambiada y dobla alrededor de la Gran curva del Cuyuní como en el mapa Hebert…”
“…Stanford mantuvo la fecha antigua 1875 sobre el mapa cambiado y no hizo nota alguna sobre dicho cambio; de manera que la curva del Cuyuní se presenta como la frontera publicada en 1875. Esto constituye una alteración de referencias cartográficas…”
La nota del  mapa Stanford con respecto a sus fuentes es una interpolación: no fue colocada ahí cuando el mapa se elaboró, puesto que 1) Shomburgk no era Sir sino hasta algunos años después; 2) él nunca hizo la agrimensura de la gran curva del Cuyuní, nunca ingresó a esta región hasta que transitó a una porción de ella en diciembre de  1842 y Enero de 1843. El Sr. Markham dice en una de sus cartas que la nota fue añadida cuando el fotolito se elaboró en 1887;  cuando el mapa tenía 45 años, Schomburgk tenía 20 años de fallecido.
“…Mi creencia es que el mapa de Hebert tal cual elaborado en 1842 llevaba la línea desde el Barima hasta la confluencia del Acarabisi y el Cuyuní y, o terminaba ahí o iba derecha hasta el Roraima-probablemente lo anterior. Luego, quizás cuando Aberdeen o Granville propusieron tomarse para sí  hasta la gran curva del Cuyuní, esa línea rosada fue añadida, y en 1887 fue copiado puesto que nadie conocía de la alteración. O bien puede suponer que fue añadida en 1886…”

La toma ipso facto de la posesión de los territorios al oeste del río Esequibo en octubre de 1886
El General Antonio Guzmán Blanco, al ser elegido por el Consejo Federal de Gobierno presidente para el periodo presidencial de 1886-1888, procede a regresar a Venezuela el 27 de agosto del referido año de 1886, encargándose del ejecutivo a partir del 15 de septiembre.  Por lo que su política exterior se verá marcada con la Gran Bretaña por el Gabinete del conservador Lord Salusbury, partidario de la política de esplendido aislamiento, basado en la política  del aprovechamiento de las contradicciones entre las potencias coloniales  para resolver a su favor los problemas coloniales.

A mediados de  octubre de 1886 Antonio Guzmán Blanco,  recure a los Estados Unidos en su reclamación con la Gran Bretaña y le expresa que: “…la más poderosa y antigua Republica del Nuevo Continente está llamada a prestar ayuda o otras Republicas en sus disputa con las naciones europeas…”.

Por su parte en La Gaceta de Londres se pública el 22 de octubre del referido año 1886 un aviso por instrucciones  del Colonial Office, señalando  que los límites entre la Guayana Británica y la Republica de Venezuela están en disputa por ambos Gobiernos.  Y ante el   posible otorgamiento de concesiones  en el área reclamada por Su Majestad, como parte de la Guayana Británica, no serán  admitidas ni reconocidas estas  por ella. Y cualquier persona que tome posesión de dichos terrenos será tratado como un infractor a las leyes de dicha colonia.  Indicando el aviso a su vez que: “…un mapa, que señala los límites entre la Guayana Británica y Venezuela reclamados por el Gobierno de Su Majestad, puede verse en la Biblioteca de la Oficina Colonial, Dowing Street, o en la oficina de la Secretaria de Gobierno, en Georgetown, Guayana Británica…”.

Con este aviso y la publicación del referido mapa en la  práctica, y  de hecho  el Gobierno Inglés a través del Foreign Office,  el Colonial Office y la colonia  de la Guayana Inglesa pasaban a tomar posesión ipso facto,  unilateralmente  de los territorios al oeste del rio Esequibo.  En perjuicio de la Nación venezolana. Ya no había vuelta atrás el objetivo estaba trazado y definida su política despojar a Venezuela de más de 159.000 km2, de territorios  había que exigir  el máximo para poder llegar a un arreglo ya que no les  asistía   la razón solo la  fuerza imperial y el lenguaje de sus cañones. ¿Dónde quedaba  la Doctrina Monroe y la solidaridad hispanoamericana o latinoamericana?

A principios de diciembre de 1886, e General Antonio Guzmán Blanco procede por intermedio de del General Rafael Aizpurúa,  a través del istmo de  Panamá a enviarle un mensaje al General Eloy Alfaro, en torno a la misión a que estaban llamadas a realizar las republicas que libertara Simón Bolívar   

Para el último trimestre de 1886 ya se habían cumplido el ultimátum y las agresiones en contra  de la Nación venezolana la escalada iba en aumento por lo que el Ministro de Relaciones Exteriores Diego B. Urbaneja le solicita al  Sr. R. Saint John, Ministro Residente de S.M.B en Caracas “…los informes y antecedentes  que conozca sobre ocurrencias tan inauditas y casi increíbles…” sobre los abusos y las usurpaciones inglesas en la Guayana.

Ante estos hechos de violación del territorio nacional se procede a nombrar a los señores Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez Comisionados a fin de esclarecer los hechos y dejar por sentados los derechos de Venezuela en esa región ante los  funcionarios ingleses  designados por   el Magistrado Michael Mc Turk, el último de ellos  el 06 de septiembre de 1886, quienes se trasladan al lugar de los hechos y les señalan que: “…el territorio entre los ríos Amacuro y Guaima es venezolano y jamás se le ha considerado en disputa con Inglaterra y por consiguiente tal acto de nombrar en estos lugares Agentes oficiales de la Colonia Inglesa, es una manifiesta usurpación contra la cual protestamos a nombre del gobierno…” .

Los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, luego de interrogar a los ribereños del Amacuro pasan al río Barima donde rectifican una serie de medidas para pasar al río Aruca, donde confirman otro nombramiento arbitrario  de las autoridades de la Colonia del Demerara  (la Guayana Inglesa), de este zona ´pasan al año Morajuana donde pernotan, para posteriormente entrar al río Guaima hasta llegar  Curital,  donde consiguen dos conucos trabajado por ciudadanos venezolanos.

Los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, al continuar su viaje pasan frente al caño Paramán, que va al río Moroco, determinando lo que desde siempre se ha sabido que el comercio entre el Demerara (río Esequibo en la Guayana Inglesa), se hace a través del referido río. Los comisionados al continuar por el rio Guima llegan frente al Caserío  Cuabana, compuesto en su totalidad por indios Guaicas, unos ochenta habitantes en diez bohíos o ranchos regidos por un misionero protestante ingles que había levantado un caney que servía de capilla y escuela a su vez lo que demuestra la usurpación inglesa a través de la iglesia anglicana.

Los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, determinaron para finales del mes de diciembre del citado año de 1886, que solo entre el Moroco y Punta Barima existían tres comisarios  nombrados in situ por el Magistrado  Michael Mc Turk,  y un misionero.

 Como pretendía   la gran Bretaña  imponer  de esta manera    línea Rosembery, con tres  comisarios nombrados uno el   01 de marzo de 1885, otro el 06 de septiembre de 1886, un misionero.  Por lo que  los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, les hicieron saber públicamente que esas comarcas pertenecen a Venezuela y no a Su Majestad Británica, protestando a su vez contra todos los actos de autoridad ejercidos por el Gobierno de la vecina Colonia inglesa por ser una manifiesta violación al territorio y una usurpación.   

Los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, luego de restituir a las autoridades venezolanas en Guaima, Aruca, Morajuana,  Barima y de estudiar en este punto el sitio donde debía de construirse un faro partieron para Georgetown a donde arribaron el 01 de enero de 1887 procediendo a dirigirse al cónsul venezolano en el Demerara (la Guayana Inglesa).

Pero resulta que el Cónsul Manuel L. Andrade, no había recibido aún el exequátur de su nombramiento. Por lo que los comisionados debieron esperar  fondeados que se reconociese su nombramiento provisionalmente como Cónsul, y pudiese trasmitir la nota de protesta de la Comisión.

Por otra parte el Ministro venezolano residente en los EE.UU procede a informarle  al Secretario de Estado Byard, el 04 de enero que el Gobierno de Venezuela ha tratado de de convenir con Londres un arbitraje como lo  sugirió EE.UU, sin que embargo la conducta británica ha sido la de avanzar en sus conquistas y consolidaciones territoriales en contra de la Nación venezolana.
Map of  British Guiana Showing Schomburgk Boundary Gold Centres
Los Distritos mineros la  motivación de la usurpación 1885 -1886
Solo a hasta el 08 de enero que el Cónsul Manuel L. Andrade, puede darles a los comisionados Jesús Muñoz Tebar  y Santiago Rodríguez, una repuesta de la protesta formal ante la colonia señalándoles de su gestión:
“…poco o nada, señores, podre añadir a lo que ustedes ya saben oficialmente. Lo único que debo hacer notar es la manera como este asunto de limites ha sido resuelto por el Gobierno de la Gran Bretaña. Hoy en día ya se hallan constituidas autoridades en los puntos más importantes del territorio usurpado, especialmente en el Distrito de las minas, situado entre los ríos Cuyuní, Esequibo, Mazaruni y Puruni, en donde se halla actualmente una población minera de tres a cuatro mil hombres…”
“…según el último estado de la aduana, en el año que termino se exportaron por esta aduana unas 6,518 onzas contra 936 el año anterior. Todo esto es oro de de greda. Con esta les remito a ustedes diferentes periódicos, especialmente los oficiales de los últimos meses, en que verán ustedes noticias relativas a este asunto de minas y limites…” estaba clara la motivación de la usurpación de los territorios al oeste del rio Esequibo.  

La Misión de Marcos A. Alfaro e Caracas
Continuara…
Como citar este artículo
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Márquez, Oscar J. Eloy Alfaro y el Conflicto Anglo venezolano por la Guayana Esequiba al centenario de su fallecimiento V. Parte,
Entrada del Miercoles   de Marzo de 2012, consultado el xx / xx/ 2012. URL:
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Bibliografía
Benjamín A. Franklin. Venezuela and The United States 1810-1888. S. Francisco Universidad de California Tesis Doctoral.1963  
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