martes, 13 de enero de 2015

237 años de integración nacional. La Capitanía General de Venezuela de 1777

  El siglo XVIII conocido como de la ilustración o de las luces por el desarrollo de las ciencias, las artes y por consiguiente de las ideas, el creciente flujo comercial trasatlántico, la Independencia de los Estados Unidos de América y la Revolución Francesa fueron aspectos y sucesos que cambiaron al mundo desde entonces. Bajo ese dinámico contexto se gesta en esta parte de América del Sur un proceso que contribuirá al desenvolvimiento político, económico y social de un territorio perteneciente a la Corona de España, nos referimos a la creación de la Capitanía General de Venezuela.
Antes de 1777 el nombre de Venezuela no abarcaba todo el territorio hoy conocemos como tal, a pesar de ser uno de los más antiguos existentes en el continente (aparece en el mapa de Juan de la Cosa realizado en el año 1500), sino que sólo se circunscribía a la zona hoy conocida como el golfo de Venezuela, que luego a partir de 1528 con la creación de la Provincia de Venezuela se hablará de una región más extensa siendo posteriormente el eje unificador, y que dará nombre no solo a la Capitanía General sino que a partir de 1811, a la República hasta la actualidad.
El proceso unificador será largo y complejo pero es en el siglo XVIII cuando se da impulso decidido y decisivo al mismo a través de las denominadas “reformas borbónicas”, que a su vez contribuirán al desarrollo económico, social y político de todas las provincias que constituirán la Capitanía General de Venezuela. Ejemplo de ello y como paso previo a dicha unificación tenemos la creación en 1721 de la Universidad de Caracas (actual Universidad Central de Venezuela), en 1728 se crea la Compañía Guipuzcoana que se encargará de monopolizar el comercio del cacao  y otros productos, así como también combatir el contrabando para lo cual se le otorgó una amplia jurisdicción para ejercer estas funciones, para 1776 es cuando se inicia el propiamente dicho el proceso integrador de la nación al crearse la Intendencia de Ejército y Real Hacienda siendosus atribuciones: El desarrollo de la economía, la unificación fiscal, el poblamiento e incorporación de las tierras agrícolas, la provisión de recursos para la defensa, entre otros asuntos; el ámbito de su competencia incluyó a la provincias que un año después formarían la Capitanía General.
Por medio de una Real Cédula, el cual era una orden expedida por el Rey de España cuyo contenido resolvía, entre otras cosas, algún conflicto de relevancia jurídica, creaba alguna institución, nombraba algún cargo real, u ordenaba alguna acción concreta, y que fueron usadas principalmente en los dominios españoles de ultramar; el 8 de septiembre de 1777 el rey Carlos III de España crea la Capitanía General de Venezuela al disponer que las Provincias de Caracas, Cumaná, Guayana, Maracaibo, Margarita y Trinidad se agregaran en lo gubernativo y militar a la Gobernación y Capitanía General de Venezuela (también llamada de Caracas); y con la misión de ejercer el mando en nombre del Rey en este extenso territorio fue nombrado Don Luis de Unzaga y Amézaga como el primer Capitán General de Venezuela ( esta vez en toda la extensión geográfica de la actual Venezuela, y aun mas allá si se incluyen  los territorios perdidos desde 1797 en adelante). A partir de ese día las provincias mencionadas que en muchos aspectos funcionaron separadamente se fusionaron bajo una sola autoridad ya que el Capitán General emanaba órdenes desde Caracas que se cumplían con uniformidad en Mérida, Valencia o La Asunción por ejemplo. La creación de la Capitanía General de Venezuela es considerada como la verdadera base de la integración nacional, el génesis de nuestra territorialidad, el origen del Uti Possidetis Juris, y la consolidación de Caracas como capital. En este sentido vemos que en las Constituciones de Venezuela constantemente se ha hecho referencia (con algunos cambios a lo largo del tiempo), a la Capitanía General de Venezuela creada en 1777 como el primer y principal elemento de la conformación territorial de la República.
Desde el punto de vista territorial la Capitanía General de Venezuela sufrió algunas modificaciones importantes como la creación de la Provincia de Barinas en 1786, y la pérdida a manos de los ingleses de la Provincia insular de Trinidad en 1797 “de facto”, para perderla definitivamente “de iure” cinco años después. También fueron creados en el territorio de la Capitanía General otras instituciones con indudable misión integradora, como: La Real Audiencia de Caracas en 1786 con atribuciones judiciales, el Real Consulado en 1793 con la misión de promover el comercio, las vías de comunicación, etc. y el Arzobispado de Caracas entre 1803 y 1804 que unificó a la Iglesia Católica en Venezuela.
Para comprender mejor la extensión del espacio geográfico de la Capitanía General de Venezuela  extraemos una frase de la obra “Historia de las Fronteras de Venezuela” publicada en 1989 y que fue escrita por Manuel Donís Ríos y Hermann González Oropeza S.J.:
 “ Para 1777, el nombre mítico de Venezuela traspone el Orinoco, bebe aguas del fabuloso Amazonas, se encarama en las cumbres andinas, desciende desde ellas a los pujantes llanos de Barinas, recupera todo el Lago de Maracaibo y su cuenca, cobija la Nueva Andalucía cumanesa en sus cumbres y llanos, sobrepasa el Delta para incorporar al Esequibo, se afinca en la perla de Margarita y reafirma su presencia marinera en el cordón insular que bordea a toda la costa desde la isla de Trinidad hasta mas allá del archipiélago de Los Monjes.”
Como reflexión final tal vez sería positivo considerar el 8 de septiembre como el día de la integración y unificación de Venezuela, para que los venezolanos tengamos mayor conocimiento y consciencia de nuestro patrimonio territorial, que está en riesgo al tener varios problemas fronterizos, territoriales y de soberanía no resueltos.

Anexo

Real Cédula de Creación de la Capitanía General de Venezuela, del 8 de septiembre de 1777, hecha por el Rey Carlos III de España.
El Rey.
Por cuanto teniendo presente lo que me han representado el actual Virrey Gobernador, y Capitán General del Nuevo Reino de Granada, y los Gobernadores de las Provincias de Guayana y Maracaibo acerca de los inconvenientes que produce el que las indicadas provincias tanto como la de Cumaná, e islas de Margarita y Trinidad sigan unidas como al presente lo están al Virreinato y Capitanía General del indicado Nuevo Reino de Granada por la distancia en que se hallan de su Capital Santa Fe [ Bogotá ], siguiéndose por consecuencia el retardo en las providencias con graves perjuicios de mi Real Servicio. Por tanto para evitar estos, y los mayores que se ocasionarían en el caso de una invasión, he tenido a bien resolver la absoluta separación de las mencionadas Provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo, e islas de Trinidad y Margarita del Virreinato, y Capitanía General del Nuevo Reino de Granada, y agregarlas en lo gubernativo, y militar a la Capitanía General de Venezuela, del mismo modo que lo están, por lo respectivo al manejo de mi Real Hacienda, a la nueva Intendencia erigida en dicha Provincia y Ciudad de Caracas su capital.
Así mismo he resultado separar en lo jurídico de la Audiencia de Santa Fe, y agregar a la primitiva [Real Audiencia] de Santo Domingo las dos expresadas Provincias de Maracaibo y Guayana, como lo está la de Cumaná, y las islas de Margarita y Trinidad para que hallándose estos territorios bajo una misma Audiencia, un Capitán General, y un Intendente inmediato, sean mejor regidos y gobernados con mayor utilidad de mi Real Servicio. En consecuencia mando al Virrey, y a la Audiencia de Santa Fe, se inhiban y se abstengan del conocimiento de los respectivos asuntos que les tocaba antes de la separación que va insinuada, y los Gobernadores de las Provincias de Cumaná, Guayana, Maracaibo e Islas de Margarita y Trinidad que obedezcan como a su Capitán General al que hoy es, y en adelante lo fuere de la Provincia de Venezuela, y cumplan las ordenes que en asuntos de mi real servicio les comunicare en todo lo gubernativo y militar; y que así mismo den cumplimiento los Gobernadores de las Provincias de Maracaibo y Guayana a las provisiones que en lo sucesivo despachare mi Real Audiencia de Santo Domingo, admitiendo para ante ellas las apelaciones que se interpusieren según y en la forma que lo han hecho o debido hacer para ante la de Santa Fe, que así es mi voluntad.
Dada en San Ildefonso a ocho de septiembre de mil setecientos setenta y siete.
Yo el Rey [ Carlos III ].


Realizado por: Rajihv Morillo Dáger.Rajihv Morillo Dager
Venezolano, Internacionalista, investigador y conferencista sobre los problemas territoriales, fronterizos y de soberanía de Venezuela, estudioso apasionado de la Historia.

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