domingo, 12 de enero de 2014

Ocupación Pacífica, Práctica y Satisfactoria.

Por Ricardo Salvador De Toma
@De_Toma7

El nivel de confianza delegado en los buenos oficios de un tercero, parece proporcionalmente inverso al interés y la capacidad de los funcionarios designados para garantizar nuestros Derechos. En el último decenio, la política exterior del Estado venezolano ha dejado como evidencia, la reiterada indolencia del gobierno nacional, frente a la libre disposición guyanesa del espacio geográfico venezolano usurpado mediante el irrito laudo de París de 1899.
Las ruidosas y exacerbadas muestras de altanería política que en el pasado fulminaron las garantías jurídicas de Venezuela, al dictar repentinamente expropiaciones contra las trasnacionales petroleras, disparo el interés de las corporaciones en negociar concesiones frente al aparentemente tímido Estado Guyanés, las cuales eran frenadas por Venezuela, en el marco de las millonarias inversiones apostadas a nuestros recursos.
En efecto, la otrora nación que representaba una autoridad en materia de hidrocarburos se oponía contundentemente a la entrega de concesiones en la franja geográfica correspondiente a la Guayana Esequiba, manteniendo como fundamento la indudable existencia de un litigio territorial, ocasionado por las practicas colonialistas e imperialistas del Reino Unido que fueron justamente denunciadas por Venezuela ante la comunidad internacional, trayendo como consecuencia, la importante firma del Acuerdo de Ginebra, compromiso jurídico asumido por la naciente Republica de Guyana.
El Acuerdo, nos remite a la búsqueda de "soluciones satisfactorias para un arreglo práctico de la controversia", ahora bien, la ambigüedad de estas palabras favorece la pluralidad de interpretaciones que incluso podrían causar suspicacia, sobre el destino del inoperante documento.
Asumiendo que en nuestra justa reclamación, nos asiste la inquebrantable razón de la historia por la fidedigna demostración de los hechos fundamentados en las teorías de Derecho, ¿Qué debemos considerar los venezolanos como un arreglo practico? Sí el Acuerdo de Ginebra estableció la búsqueda de medidas prácticas, acaso ¿podría menospreciar las teorías que justifican nuestra reivindicación? El Articulo V, del instrumento jurídico citado es preciso al establecer "Nada de lo contenido en este Acuerdo será interpretado como una renuncia o disminución por parte de Venezuela, el Reino Unido o la Guayana Británica de cuales quiera bases de reclamación de soberanía territorial" y posteriormente añade, "Ningún acto o actividad que se lleve a cabo mientras se halle en vigencia este Acuerdo constituirá fundamento para hacer valer, apoyar o negar una reclamación de soberanía territorial en los territorios de Venezuela o la Guayana Británica ni para crear derechos de soberanía"
Tras el fracaso de las negociaciones desarrolladas durante la vigencia de la Comisión Mixta, establecida en el Articulo I del Acuerdo de Ginebra y luego de que se produjera a finales del año 1969 la Revuelta del Rupununi, el Estado Guyanés desencadeno una campaña de desprestigio internacional contra Venezuela, al calificarle de agresora, imperialista y violadora de los principios de convivencia pacífica, en consecuencia, la tensión del momento condujo a los gobiernos a la búsqueda de un Protocolo al Acuerdo de Ginebra, esta medida congelo por 12 años el litigio territorial.
Al finalizar la vigencia del Protocolo, la discusión del Caso Esequibo se centro en la búsqueda de medidas alternativas para la solución de conflictos, establecidos en el Artículo 33 de la carta de las Naciones Unidas. Venezuela aposto a la negociación directa, sin embargo la estrategia guyanesa siempre se baso en la impugnación de propuestas con la finalidad de ganar tiempo, prefiriendo como solución el arreglo judicial. Ante la ausencia de entendimiento, el asunto fue referido al Secretario General de la ONU, resultando los buenos oficios.
Desde entonces han transcurrido 23 años y en virtud del statu quo, Guyana ha estandarizado su ocupación y avanzado en la administración del territorio en disputa. Demostrando con sus reiterados actos unilaterales, un avasallante historial sobre los modos no convencionales de creación de normas y obligaciones internacionales, que nos mantienen en jaque, apartados a la sombra de simples respuestas basadas en la inerte confianza de los buenos oficios, en la negligencia o en el disimulado entreguismo del gobierno de turno, que solo garantiza una Ocupación Pacífica, Práctica y Satisfactoria del territorio nacional.
Extraida de: http://diploos.com/index.php/venepolicy en  fecha:12-01-2014
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